TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La intención de reformar el artículo 184 del Código Procesal Penal es darle continuidad al pacto de impunidad que se inició en enero anterior, al reformar la Ley del Presupuesto General de la República.
Así lo señaló el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), en un comunicado, difundido en sus redes sociales.
Para los órganos encargados de aplicar justicia, este artículo es fundamental en el combate a la impunidad, debido a que evita dar medidas sustitutivas a la prisión preventiva por 21 delitos.
Entre los crímenes que regula el polémico artículo 184 están homicidio, violación, secuestro, extorsión, lavado de activos, terrorismo, entre otros de alto impacto.
La iniciativa de reforma fue introducida ante el Congreso Nacional por el diputado de filiación nacionalista, Marco Velásquez, amparándose en recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) durante su reciente visita a Honduras.
“La dolosa voluntad de reformar leyes penales y de carácter procesal en los últimos días se ha encaminado a proteger determinados sectores, que en el pasado se han visto involucrados en la comisión de hechos delictivos”, señaló el CNA en el comunicado. Esto evidencia que ciertos parlamentarios tienen como fin primordial darle continuidad al pacto de impunidad que se comenzó a ejecutar en enero del 2018, con la reforma a la Ley Orgánica del Presupuesto, evidenció.
Al mismo tiempo, el ente de sociedad civil señaló que el propósito de derogar, reformar o declarar inconstitucional el artículo 184 del Código Procesal Penal no es nuevo, es algo recurrente. De forma tajante, fustigó, que la propuesta la hacen quienes sienten temor que la Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad de la Corrupción (Ufecic) presente requerimiento fiscal por los supuestos actos de corrupción o lavado de activos que algunos personajes en el pasado cometieron.
En el comunicado solicitaron a los diputados del Congreso Nacional que las recomendaciones formuladas por organismos internacionales no se pretendan aplicar solo a fin de beneficiar a determinados sectores, sino que a la sociedad hondureña.
Para el CNA, se deben adoptar las recomendaciones que dio el Mecanismo de Implementación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Micnucc), en combatir la criminalidad organizada sin pretender crear, derogar e interpretar leyes de impunidad.
Pronunciamiento
Al mismo tiempo, reseñó que en el pasado la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se manifestó asegurando que el artículo 184 no es inconstitucional.
Más bien sirve de instrumento procesal con el objetivo de garantizar la presencia del imputado, evitando al mismo tiempo que este no obstruya las fuentes de prueba.
Mauricio Oliva, presidente del Congreso Nacional, defendió ayer que en reiteradas ocasiones la CIDH ha señalado que las reformas que se le hicieron al artículo 184 de Código Procesal Penal, tiene vicios de inconstitucionalidad y han contribuido a que haya una sobrepoblación penitenciaria. El legislador insistió que existe la amenaza de que Honduras podría volver a la lista del capítulo cuarto de la CIDH, por incumplir los derechos humanos, generando problemas para el país, al querer firmar convenios con los organismos multilaterales de crédito.
Oliva manifestó que no se está suprimiendo el catálogo de delitos, sino que se le dará al juez la discrecionalidad de determinar la medida apropiada, de acuerdo a la situación del imputado. Cuantificó que en la actualidad el 49% de la población penitenciaria está con prisión preventiva.
Mario Díaz, coordinador de Tribunales del Poder Judicial, señaló que hace tres o cinco años muchas de las personas que promovieron las reformas del artículo 184 son las que están siendo sindicadas por los 21 delitos. En aquel momento la medida estaba bien hecha, ahora no, porque hay personas de sectores políticos y económicos que están siendo sometidos a estos procedimientos, indicó.