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¿Dónde buscar ayuda para solicitar asilo en Estados Unidos?

Son tres las formas en que los migrantes pueden solicitar asilo en Estados Unidos, pues solo se puede hacer una vez llegados a territorio estadounidense
24.07.2024

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La inseguridad es una de las principales causas de migración hacia Estados Unidos, pues muchos dejan todo en busca de protección por haber sido víctimas de las maras o pandillas, crimen organizado o persecuciones por su raza, religión, nacional e incluso por su opinión política, lo que los lleva a solicitar asilo en Estados Unidos.

El asilo en Estados Unidos solo ofrece protección a personas que ya se encuentran en el país y temen estar en su país de origen o regresar a él, además no se debe ser ciudadano americano.

Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS en inglés) hay tres formas de obtener asilo en Estados Unidos: el proceso afirmativo, la entrevista de méritos de asilo, el proceso de defensa de asilo.

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Cabe mencionar que no se debe pagar una tarifa para solicitar asilo, además en la solicitud se puede incluir al cónyuge e hijos que estén físicamente presentes en Estados Unidos como dependientes al momento en que se presentó la solicitud o en cualquier momento antes de una decisión final sobre la petición.

Los solicitantes de asilo no están autorizados a trabajar en Estados Unidos a menos que cumplan con ciertos requisitos.

Proceso afirmativo de asilo

Para hacer la solicitud de asilo del proceso afirmativo se debe estar en Estados Unidos y se debe solicitar estatus de asilo, independientemente de la forma en que ingresó al país o el estatus actual de inmigración.

La solicitud se debe presentar dentro del período de un año desde su llegada al país, a menos que pueda demostrar las circunstancias que cambiaron o afectaron la elegibilidad del asilo que demoraron el proceso.

El proceso afirmativo se puede presentar ante la USCIS llenando el formulario I-589, Solicitud de Asilo y Exención de Remoción.

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“Si su caso no es aprobado y usted no está en estatus legal de inmigración, emitiremos un Formulario I-862, Notificación de Comparecencia (NTA), y referiremos su caso a un juez de inmigración en la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) del Departamento de Justicia. El juez de inmigración llevará a cabo una nueva vista (comúnmente conocida como “de novo”). Esto significa que el juez lleva a cabo una nueva vista y emite una decisión que es independiente de la decisión de USCIS”, indica la página del gobierno.

Mientras el trámite está en proceso se podrá residir en Estados Unidos, en el caso de determinarse inelegible puede permanecer en el país mientras la solicitud está en trámite ante el juez de inmigración. Los solicitantes de asilo afirmativo raramente son detenidos por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).

Entrevista de méritos de asilo por determinación positiva de temor creíble

Si a una persona se le coloca en proceso de remoción expedita e indica que su intención es solicitar asilo por temor, persecución o tortura en su país, el solicitante será referido a la USCIS para una evaluación.

Una vez admitida la solicitud, un oficial de asilo realizará una entrevista para determinar si la solicitud es creíble, de ser aceptada la petición se retendrá y considerará la solicitud para considerar la elegibilidad para la suspensión de remoción y protección bajo la Convención Contra la Tortura (CAT) en una segunda entrevista, según indica la USCIS. Esto se conoce como una entrevista de méritos de asilo.

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También, expedirá una Notificación de Comparecencia ante un juez de inmigración para la consideración de su asilo, suspensión de remoción y reclamos de protección CAT. Cuando presente el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción, ante la corte de inmigración, esto lo colocará en el proceso de “defensa” de asilo.

Proceso de defensa de asilo con EOIR

La solicitud de defensa de asilo ocurre cuando se presente una petición en contra de la deportación de Estados Unidos. En este caso, para que un procesamiento de asilo sea de defensa, se debe estar en procesos de remoción en Tribunal de Inmigración con la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR).

La USCIS, indica que, por lo general, los extranjeros son colocados en procesos de defensa de asilo de estas dos maneras: Son referidas por USCIS a un juez de inmigración luego de que al final del proceso afirmativo de asilo se determinara que son inelegibles para asilo o fueron colocadas en un proceso de remoción por ser arrestados en uno de sus puertos de entrada sin la documentación legal adecuada o en violación al estatus migratorio o fueron arrestados por los Servicios de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) cuando intentaban entrar a Estados Unidos y fueron procesos expeditos de remoción y el oficial determinó que tenía temor creíble de ser perseguidos o torturados.

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Los jueces de inmigración ven los casos de defensa de asilo en procedimientos de confrontación (similares a una vista judicial), en este caso el juez de inmigración decidirá si la persona es elegible para asilo.

”Si el juez de inmigración determina que es inelegible para cualquier otra forma de ayuda, ordenará que sea removido de Estados Unidos. La decisión del juez de inmigración puede ser apelada por cualquiera de las partes”, indica la USCIS.