Paso a paso: ¿Cómo se desarrollará el juicio de JOH?

En manos del jurado, que será elegido el próximo 12 de febrero de 2024, estará el destino del expresidente Juan Orlando Hernández

lun 29 de enero de 2024 a las 0:0

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Lo primero que se hará el lunes 12 de febrero, cuando arranque de lleno el juicio contra el expresidente Juan Orlando Hernández, será la escogencia del jurado, que será el que determine la culpabilidad o no de los imputados.

En la Corte del Distrito Sur de Nueva York, Estados Unidos, se centrará la atención en la segunda semana de febrero próximo, cuando inicie el histórico proceso judicial en contra del primer exmandatario hondureño apresado por narcotráfico.

Un experto en derecho penal internacional, consultado por EL HERALDO, explicó que ese lunes, puede ser que primero se escoja el jurado en la mañana, de entre unas 60 personas para arriba, ya que se busca que haya variedad.

Esta audiencia se denomina, “voir-dire”, donde la Fiscalía y la defensa, van a tener entre 30 y 40 minutos para hacer la escogencia de cada uno de ellos, haciéndoles preguntas relacionadas a la justicia, para determinar quiénes pueden ser parte del juicio.

Entre los requisitos para integrar el jurado están: ser ciudadanos americanos, no tener delitos mayores, puede ser cualquier persona, y la Corte manda la invitación a los seleccionados.

Cada equipo, es decir, la Fiscalía y la defensa, van apuntando la reacción de las personas entrevistadas, a la vez los van seleccionando por número, de acuerdo a la respuesta de las preguntas, es decir, el jurado 20 sí, el 21 no, y así.

Cuando ya terminan la evaluación, tanto la defensa, como la fiscalía, escogen a seis miembros del jurado cada uno, pero cada una de las partes tiene derecho a eliminar tres, o sea, si a la Fiscalía no le parecen algunos de los jurados de la defensa, los puede eliminar, para que escojan otros, hasta que las dos partes se ponen de acuerdo.

Cuando el jurado ya está seleccionado, se lleva la lista final donde el juez, afirmando cada una de las partes que están conforme, y siguen con las siguientes audiencias del juicio.

En caso que todavía no se hayan enviado las invitaciones para la escogencia de jurado, ese día, es decir, el 12 de febrero, se va a determinar la fecha, para realizar el “voir-dire”, porque sino está listo, no se puede iniciar.

Culpabilidad

La escogencia del jurado se puede obviar, si los imputados deciden aceptar la culpabilidad de los delitos por los que se les acusa, pero solamente si recibe una propuesta de la Fiscalía para que esto se de.

En ese sentido, quien decide si le dan otra salida en vez del juicio, al expresidente Hernández y los otros dos acompañantes, es la Fiscalía, no es el juez, y la oferta puede ser cualquier día, desde el momento del arresto, hasta el día de juicio.

Una vez que ya está hecha la escogencia del jurado, que son seis, pero también se seleccionan otros dos, por cada parte, en caso que alguien se retire en el proceso, el juez les da las instrucciones.

El jurado debe seguir los hechos y apegarse a la ley establecida, tampoco ver televisión, redes sociales (les confiscan los teléfonos), todos duermen separados y son enviados a un hotel, sin tener contacto con nadie.

En la siguiente audiencia, que puede ser al siguiente día o a la siguiente semana, comienza el proceso que la gente quiere ver, el debate de la presentación de las pruebas y los testimonios, pero en realidad el juicio comenzó desde el arresto de los imputados, explicó el experto.

Lo anterior significa que la Fiscalía hace su presentación en la apertura del juicio, explicando los delitos cometidos por los imputados, diciendo si tiene testigos o pruebas en su contra, por los delitos de narcotráfico.

Luego, entra la defensa con sus argumentos, exigiendo el derecho constitucional, que no se puede declarar culpable a una personas sin darle el beneficio de la duda, argumentando que solo existen testimonios que no se pueden corroborar y resaltando las bondades del expresidente, entre otras cosas.

$!El juicio en contra del expresidente Juan Orlando Hernández, comenzará con la elección del jurado.

Testigos

Ya hecha la introducción, las partes pueden llamar a sus testigos, quienes tienen que estar afuera de la sala y, al pasar, cuando son interrogado por la parte acusadora, la defensa tiene que estar pendiente para objetar las preguntas.

Por ejemplo, si la Fiscalía le pregunta: ¿esta personas que está acá, con el hermano, fueron los dos que traficaban droga?, entonces la defensa reacciona y dice: objeción, su señoría, pregunta fuera de juicio, pregunta ilegal o pregunta que no está relacionada con el caso.

El juez acepta o no la objeción. Luego de las preguntas de la Fiscalía, la defensa interroga al testigo con el fin de ir desacreditando el testimonio si las respuestas no son coherentes, e igual, la Fiscalía puede objetar.

Es de hacer notar que hay dos tipos de testimonios, el que hace una persona común y corriente, al que se le puede preguntar la identificación del acusado y las relaciones o encuentros que tuvieron, o si vio cómo operaba.

También está el testimonio de los expertos, es el que dan los profesionales, por ejemplo: un expertos en armas que diga qué tipo de pistola es la que usaba el expresidente, o algún médico para asuntos de salud, entre otros.

No se puede determinar la cantidad de audiencias que tendrá el juicio, ya que todo será de acuerdo a los testigos que tengan cada una de las partes, o la cantidad de pruebas que se vayan a analizar.

Además, todo depende del jurado, ya que si los miembros del jurado no entienden algo, se pueden volver a ver los videos, si quieren escuchar de nuevo al testigo, se cita nuevamente, si quieren escuchar de nuevo a la defensa o si el jurado no está claro en algo, el juez puede ordenar que se repitan las cosas que no tienen claras.

Las pruebas

Durante el desarrollo de las audiencias, se puede presentar evidencias escritas, fotografías, videos, testimonios y expertos -cuando se requieran-, es decir, un conocedor en balística, en drogas, médicos u otros.

Pero hay que tomar en cuenta que mucha evidencia puede ser desestimada.

Una audiencia puede durar más de ocho horas, es decir, pueden empezar a las 8:30 de la mañana y terminar a las 5:00 o 6:00 de la tarde, pero hay recesos, que pueden ser a las 10:00 de la mañana, por 10 minutos, y la hora del almuerzo de 11:30 u 11:45 a la 1:30 de la tarde.

Si se extiende la audiencia a las 4:00 o 5:00 de la tarde, el juez decide seguir al siguiente día o la fecha que él tenga programada, ya que a pesar que él está a cargo del juicio, también puede tener otras audiencias.

En este caso, que son tres los que se someterán en el juicio, el proceso se puede extender más, ya que cada quien tiene su propia defensa, no puede ser la misma, y será el juez si decide que será el mismo jurado para todos.

¿Cómo irá vestido?

Antes de entrar a la sala de la Corte, hay un lugar donde los imputados se pueden cambiar a solicitud de la defensa, para ello se les puede autorizar el uso de traje.

En la Corte hay una sala donde ya tienen los trajes, solo les toman las medidas, y cuando llegan les quitan el uniforme que portan en la celda y les colocan el traje que tengan a disposición.

En el caso del expresidente Hernández, la defensa hizo una solicitud para usar el traje que se puso en sus dos asunciones como presidente de Honduras, así lo informó su esposa Ana García de Hernández.

Una vez que se evacuen todos los medios de prueba, se realiza el cierre de cada una de las partes, es decir, la Fiscalía puede solicitar que se declare culpable y solicitar una sentencia de acuerdo a la evidencia presentada.

Por su parte, la defensa puede alegar que la Fiscalía no pudo comprobar ninguno de los elementos y solicita la libertad del acusado, bajo la enmienda cuarta y quinta de los Estados Unidos, sobre la inocencia de la persona y pide que se declare no culpable.

Ahí se va el jurado a deliberar para dar su veredicto, que lo pueden emitir en un día, una hora, una semana, ellos deciden el tiempo que necesitan para declararlo culpable o inocente.

Después de la declaración, el jurado se retira y el juez determina la fecha para realizar la audiencia para la sentencia. Ahí viene el proceso de mitigación de la sentencia, en caso de ser culpable, la defensa puede presentar más argumentos, para tratar de incidir en una pena mínima.

Tampoco puede haber una sentencia en contra del jurado, por ejemplo, si el jurado dice que lo encontró no culpable, ahí queda el proceso, lo único que hace el juez es comprobar si esa es la decisión del jurado, preguntándoles a cada uno y asegurándose que no haya existido ninguna influencia.

Yony Bustillo

Periodista

Periodista de investigación graduado en la UNAH. Con formación nacional e internacional en transparencia, acceso a la información pública, autorregulación de los medios, periodismo de investigación y de datos.

Notas Relacionadas