Con los votos de 73 de los 84 diputados, el Congreso unicameral rechazó la solicitud presentada por organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres para reformar el artículo 133 del Código Penal para autorizar el aborto en tres causales: cuando la vida de la mujer esté en riesgo, cuando la vida del feto sea inviable y cuando el embarazo sea producto del estupro o violación en mujeres y menores de edad.
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“Esta reforma es inconstitucional. Aquellos colectivos que se aprovechan de las mujeres organizadas parta sacarlas en marchas, ya basta. La reforma al 133 jamás va a garantizar el aborto porque es tan inconstitucional desde el artículo 1 de la Constitución”, dijo tajantemente le diputada Marcela Pineda, del partido oficialista Nuevas Ideas.
“Me parece que el aborto debería ser penalizado más drásticamente porque aún hoy en día sigue habiendo muchos abortos clandestinos”, agregó el diputado Guillermo Galles del partido Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA):
Los diputados argumentaron su rechazo señalando que, en una sentencia de amparo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia del año 2013 “existe un impedimento absoluto para autorizar la práctica de un aborto para contrariar la protección constitucional que se otorga a la persona humana desde el momento de la concepción”.
Esta es la cuarta iniciativa que desde 1998 se presenta al Congreso para pedir la despenalización del aborto.
El aborto está penalizado de manera absoluta en El Salvador desde la reforma del Código Penal en 1998. Antes de la reforma, desde 1974, el aborto era permitido en tres causales: cuando la vida de la mujer estuviera en riego, por malformaciones previsibles y graves en el feto y cuando el embarazo era producto de violación.
Recientemente el presidente Nayib Bukele descartó que dentro de un proyecto de reformas constitucionales que presentará en los próximos meses, se esté pensando incluir temas como el aborto, el matrimonio igualitario y la eutanasia.
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“He decidido, para que no quede NINGUNA DUDA, no proponer ningún tipo de reformas A NINGUN ARTICULO que tenga que ver con el DERECHO A LA VIDA (desde el momento de la concepción), con el matrimonio (manteniendo únicamente el diseño original, UN HOMBRE Y UNA MUJER) o con la eutanasia”, dijo el mandatario en una publicación en su cuenta oficial de Facebook.
El Salvador es uno de los cuatro países de América Latina que prohíbe el aborto sin excepciones, junto con Nicaragua, Honduras y República Dominicana. Organizaciones defensoras de los derechos humanos han exigido al Estado derogar la ley que prohíbe la interrupción voluntaria del embarazo, pero no han obtenido resultados. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) también ha exhortado a El Salvador a que revise las condenas de las mujeres encarceladas pro haber abortado.
El Salvador es inflexible con las mujeres que enfrentan embarazo no deseado. Sin importar si sus vidas están en peligro o si se trata de niñas víctimas de violación, la ley lo castiga. Actualmente hay más de 40 mujeres cumpliendo condenas entre 10 y 30 años de cárcel por haber abortado.
La legislación salvadoreña penaliza toda forma de aborto, incluso, el terapéutico, y castiga tanto a las mujeres como a los médicos. De ser encontradas culpables, las penas varían de los dos a los ocho años. No obstante, en muchos casos el delito se cambia a homicidio agravado por el parentesco de la víctima con el victimario y las mujeres pueden llegar a ser condenadas hasta 30 años de prisión.
Entre 2014 y 2020 la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto registró 190 mujeres procesadas. De éstas 46 fueron condenadas por homicidio agravado y unas 30 por aborto.
Se estima que, en El Salvador, una nación de casi siete millones de habitantes, unas 25.000 mujeres quedan embarazadas tras ser violadas cada año y se realizan miles de abortos clandestinos.