Honduras

¿Por qué y cuándo se había derogado la inmunidad para los diputados en Honduras?

El Congreso Nacional restituyó el blindaje a los parlamentarios en la sesión de la noche del miércoles

17.10.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Después de 15 años, el Congreso Nacional reinstauró la noche del miércoles la inmunidad parlamentaria, causando polémica y estupor en una sociedad hondureña cansada de tanta corrupción e impunidad.

Fue el jueves 29 de octubre de 2004 en la gestión de Porfirio 'Pepe' Lobo Sosa (2002-2006) como titular del Poder Legislativo que se derogó tal prerrogativa, que se había convertido en una coraza para que los congresisas no fueran llevados a los tribunales de justicia por delitos relacionados o no a su función legislativa.

'La decisión se adoptó por el bien del país. Se ha abusado de la inmunidad, y por eso, llegó la hora de eliminarla. Decidimos que todos somos iguales ante la ley', dijo en aquel momento Pepe Lobo, quien seis años más tarde se convirtió en el presidente de Honduras.

La norma derogada, y que fue aprobada en 1957, incluía a los diputados en el listado de funcionarios públicos protegidos por fuero -no podían ser detenidos n juzgados sin una etapa previa-. Para quitar este privilegio, se necesitaba correr un lento y dilatado proceso.

La moción, presentada en julio de 2003 por el liberal Ramón Villeda, derogó los artículos 200 y 205 de la Constitución de 1982. Esa iniciativa fue aprobada de forma unánime por los 128 diputados de los cinco partidos políticos de ese entonces.

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Reactivación

Sin embargo, a matacaballo y sin espacio a discusión, las bancadas del Partido Nacional y el Partido Liberal -a excepción de un congresista de este grupo que votó en contra- encontraron cómo restituir el blindaje a través de un agregado a la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Los parlamentarios apoyaron una reforma por adición al artículo 10 de esa ley. La reforma se traduce en que los congresistas no serán responsables ni penal, civil o administrativamente por la función legislativa que ejerzan, dándoles la libertad de cometer irregularidades sin el temor a ser requeridos en el futuro.

El artículo 10 queda así: 'La función legislativa es inviolable e indelegable, consecuentemente cualquier acción desarrollada en el ejercicio de la misma no acarrea ningún tipo de responsabilidad penal, civil y administrativa a los diputados y diputadas que participan en dicho proceso parlamentario sin perjuicio de lo establecido en el artículo 205 numeral tres de la Constitución de la República siendo al pleno del Congreso Nacional el órgano competente que debe valorar cada caso completo y la consecuencias de la infracción'.

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Blindaje

Al momento de la aprobación, que fue por 87 votos, el secretario de la Cámara Legislativa, Tomás Zambrano le dio lectura apresuradamente a la modificación de la normativa que rige al órgano unicameral.

Como si estuvieran urgidos en la aprobación, el presidente en funciones, Antonio Rivera Callejas, pidió la dispensa de dos debates para este dictamen y se procediera a su discusión y a su vez admisión en un solo debate.

La reforma ocurre cuando la Maccih, a través de la Ufecic -su brazo operativo- ha abierto una serie de líneas de investigación contra los diputados por supuestamente dilapidar fondos públicos y hacer reformas sin seguir el procedimiento adecuado para aprobar leyes y reformas.

Entre estos figuran los casos 'Red de diputados', una línea que señala a un grupo de parlamentarios de recibir fondos públicos a través de Organizaciones No Gubernamentales; 'Pandora', donde se involucra hasta 360 diputados y exdiputados en el desvío de dinero público; y 'Fe de erratas', que acusa a varios parlamentarios de aprobar bajo anomalía una reforma para blindar a los congresistas.