Honduras

CNA: 'Las fuerzas políticas alinearon sus astros de la impunidad para blindarse'

El ente criticó además la nueva Junta Receptoras de Votos, ya que otorga a los propios partidos políticos el control de la mesas electorales

26.05.2021

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) calificó este miércoles como una 'nueva jugada política' las reformas a la Ley Electoral aprobadas esta semana en el Congreso Nacional.

El ente criticó además la nueva Junta Receptoras de Votos, yaque otorga a los propios partidos políticos el control de la mesas electorales, sin nadie que los supervise.

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'Se ha consumado una nueva jugada política, al dejar el control absoluto de las mesas electorales, ahora Junta Receptoras de Votos, en manos de los partidos políticos tradicionales; esto equivale a dejarle al conejo la responsabilidad de cuidar las zanahorias. ¡paradójico!', publicó el CNA en sus redes sociales sobre las reformas.

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'Luego de haber sido aprobada la nueva Ley Electoral de Honduras, el CNA con preocupación observa que las fuerzas políticas alinearon sus astros de la impunidad para blindarse, al dejar sin efecto acciones judiciales contra los que hoy están siendo investigados', postearon.

'Las nuevas disposiciones contempladas en dicha ley, no resuelven la problemática de fondo que vive la quebrantada y cada vez más escasa democracia hondureña, ya que seguiremos teniendo candidatos cuya aceptación no representa a la verdadera mayoría', agregó el CNA.

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¿Qué se aprobó?

Las Juntas Receptoras de Votos (JRV), conocidas como Mesas Receptoras, estarán compuestas por cinco miembros propietarios con voz y voto con sus respectivos suplentes, quienes serán designados por los partidos políticos.

De acuerdo con la nueva redacción del artículo 46 en los órganos electorales se asignará de manera equitativa entre los tres partidos más votados en la última elección primaria los cargos de presidente, secretario al igual que un escrutador con base en la propuesta que hagan estas organizaciones.

En el caso de los dos vocales serán nombrados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) con base en la proposición que haga el resto de las instituciones en contienda, “los cuales serán designados por rotación iniciando con los partidos de mayor antigüedad en la totalidad de las Juntas Receptoras de Votos”, subraya la disposición.

La propuesta de los miembros a integrar las JRV contentiva en el artículo 50 se eliminó y en la que se había definido que estos delegados serían ciudadanos propuestos a más tardar 60 días antes de las elecciones, quienes debían ser electores del municipio y haber recibido la respectiva capacitación.

Aunque se ha venido sosteniendo que el escrutinio de los resultados el día de los comicios en las JRV es público, se hizo la sugerencia para suprimir el quinto numeral del artículo 268 que contenía la regla de abstenerse de declarar públicamente el resultado de las votaciones. Lo anterior les permitirá a los medios de comunicación transmitir el proceso de recuento de votos desde cualquier urna, difundiendo así los resultados que se vayan obteniendo sin limitante alguna. Si un miembro de estos organismos no permite o impide que el escrutinio sea público, incurrirá en responsabilidad penal.

Con el nuevo conjunto de normas, las Juntas Receptoras siempre se abrirán a las 7:00 AM, sin embargo, el cierre de la votación se hará hasta las 5:00 PM (una hora después de lo estipulado en la Ley Electoral vigente), pudiéndose extender por 60 minutos más la votación en caso fortuito por decisión unánime de sus integrantes.

En relación con el pago de la deuda política se estableció que se debe hacer de conformidad con la cantidad de sufragios válidos obtenidos por cada organización política en el nivel presidencial de la última justa electoral general en la que hayan participado.