Hace 11 años, el poderoso capo de la droga fue detenido en La Ceiba, Atlántida, mientras celebraba una fiesta de cumpleaños de su hijo, sin embargo, apenas estuvo pocos días en prisión y fue liberado por un juzgado de letras.
Pero, el 10 de abril de 2014, la Corte de Apelaciones Penal de Atlántida declaró con lugar un recurso de apelación a favor de la Fiscalía y ordenó que se modificara la resolución emitida por el juez que entregó las cartas de libertad a favor de Mármol.
Sospechosamente, la resolución del tribunal de alzada no favoreció al Ministerio Público sino que al mismo Fredy Mármol y otros dos socios.
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El tribunal de alzada ordenó al juzgado que, “en lo referente al ilícito penal de tráfico de drogas, se da lugar a la emisión de sobreseimiento provisional, dada la sospecha existente de que pudo existir dicho delito, dejándole así oportunidad al Ministerio Público para que en el futuro pueda aportar ulteriores elementos”. Esta resolución también mantenía en libertad a Fredy Mármol.
“En lo que respecta al delito de lavado de activos se dan los presupuestos requeridos para configurarlo, así como el indicio racional de participación de los imputados Ángel Dionisio Mármol y Geovanni Alcides Zúñiga, por lo que resulta procedente el dictado de auto de prisión en su contra”, indica la resolución, que también favoreció a Mármol por que le borró el delito de lavado de activos.
Frente a estos fallos, la Fiscalía interpuso en diciembre de 2014 un recurso de amparo en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, pero este fue denegado por unanimidad de los magistrados que en la actualidad la conforman.
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En la formalización del recurso del Ministerio Público se develó que ni el juzgado ni la Corte de Apelaciones de La Ceiba no valoraron una inspección ocular realizada a una lancha y una vivienda en la que se encontró cocaína.
Más bien la Sala Constitucional aplaudió la resolución de la Corte de Apelaciones de Atlántida porque razonó los elementos de prueba y dictó un sobreseimiento provisional a favor de los imputados.
“La Sala no observa, en definitiva, quebrantamiento alguno al derecho al debido proceso”, concluyeron el 20 de septiembre de 2016 los jueces constitucionales Lidia Álvarez Sagastume, Jorge Alberto Zelaya, Edwin Ortez Cruz, Reina Hércules y Jorge Abilio Serrano.
Cinco años después, la justicia de Estados Unidos solicitó en extradición a Fredy Mármol por considerarlo un poderoso narco y lavador de activos. Por ahora, Mármol guarda prisión preventiva en el Primer Batallón de Infantería.
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