Honduras

El diputado de Libre tendrá un juicio ordinario por asesinato de taxista

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19.07.2014

Tegucigalpa, Honduras

Una Corte Especial de Apelaciones resolvió ayer seguir el proceso judicial ordinario en la acusación incoada en contra del diputado de Libertad y Refundación (Libre), José Luis Galdámez Álvarez.

Por consiguiente, rechazó de plano la apelación interpuesta por los fiscales, quienes pretendían evacuar el proceso judicial de forma expedita.

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El Ministerio Público (MP) interpuso el requerimiento fiscal en contra de Galdámez por suponerlo responsable de dos delitos: a título de autor directo del homicidio simple y homicidio en su grado de ejecución de tentativa.

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El homicidio lo habría cometido en perjuicio de Marvin Sánchez, y la tentativa de homicidio en contra del también taxista Eduardo Flores.

El primer ilícito es sancionado con una pena de 15 a 20 años de reclusión, el segundo la misma pena, rebajado en un tercio, es decir de 10 a 13 años y seis meses.

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Como juez natural se nombró al magistrado German Vicente García, quien en la primera audiencia celebrada el pasado jueves le impuso a Galdámez la medida cautelar de detención judicial. Dicha medida la cumple el diputado en el Primer Batallón de Infantería, ubicado al suroeste de la capital.

Los dos procesos

En el requerimiento fiscal el MP solicitó al juez admitirlo y seguir el procedimiento expedito de flagrancia, por ser aprehendido el diputado tras la comisión del crimen, es decir in fraganti.

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El pasado 11 de diciembre inició la vigencia del Decreto 74-2013, que crea el Procedimiento Expedito para los Delitos de Flagrancia.

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Mediante este proceso, los plazos del proceso judicial se acortan, implica que en un término no mayor de 30 días se podría dictar a Galdámez una sentencia condenatoria o absolutoria.

Sin embargo, el juez resolvió declarar sin lugar la pretención del MP, argumentando incumplimiento de algunos requisitos, entre ellos que la ley no faculta al juez natural conocer este tipo de proceso judicial.

Por tanto, instruyó continuar el proceso ordinario y con el enjuiciamiento establecido para los más altos funcionarios del Estado, por ostentar Galdámez una diputación.

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El MP había pedido evacuar el procedimiento expedito de flagrancia, con el enjuiciamiento para altos funcionarios. Inconforme con el fallo del juez, el ente acusador apeló la resolución.

La resolución

El pasado jueves, el pleno de la CSJ nombró a los magistrados Raúl Henríquez Interiano, Edith María López y Silvia Trinidad Santos para conformar la Corte Especial de Apelaciones.

Los tres magistrados se reunieron ayer para estudiar a profundidad los argumentos expuestos en el expediente que contiene el recurso y así emitir una resolución en tiempo y forma.

El portavoz de la CSJ, Melvin Duarte, informó a EL HERALDO que la Corte emitió su fallo, de confirmar lo resuelto por el juez natural de seguirse el juicio ordinario y no el expedito. “Se rechazó de plano la apelación del MP”, manifestó. Se argumento que la ley solo faculta a la defensa apelar la resolución del juez, en el caso que este hubiere autorizado el juicio expedito.

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Asimismo, la Corte instruyó al juez celebrar mañana, a las 2:00 de la tarde, la audiencia de declaración de imputado. El secretario de la Corte notificó anoche la resolución a las partes, acusadores y defensa.

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