Tegucigalpa

¿Qué procesos debo cumplir para cerrar mi negocio en la alcaldía?

Los responsables de negocios deben cumplir una serie de gestiones que permitan disolver el emprendimiento según las leyes que establece la alcaldía capitalina
11.09.2024

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Cuando se inicia un negocio como pulperías, salas de belleza, talleres, entre otros, lo último que se piensa es cerrar el local, ya que siempre se piensa en el éxito. No obstante, la estabilidad de un negocio no siempre se produce de manera positiva y muchos comerciantes se ven en la necesidad de cerrarlo.

En ese sentido, la finalización del emprendimiento no solo se trata de despedir al personal y cerrar el local que fue registrado en la Alcaldía Municipal. Si no en hacer las gestiones que la ley establece para poder cerrar su negocio.

El coordinador de comunicaciones de Atención al Ciudadano, David Galo, indicó que el responsable del negocio debe realizar el proceso de cierre porque si no lo hace “la alcaldía piensa que el negocio sigue funcionando y le cobrará impuestos”.

“Debe presentar documentación para que no le sigan cargando impuestos”, reiteró el entrevistado.

Cada tres días cierra una pulpería o un mercadito

Para el proceso se debe presentar el formulario de declaración de cierre, proporcionado en la oficina de Fiscalización y Grandes Contribuyentes, ubicada en el centro de la capital en la Gerencia de Atención al Cuidado, edificio Atiende, Entiende y Resuelve (AER).

Presentar una nota dirigida a la Gerencia de Recaudación y Control Financiero, exponiendo el motivo del cierre.

Además de la fotocopia de DNI del propietario o representante, solvencia municipal del representante legal; carta poder autenticada si se solicita a través de apoderado legal o representante.

También los estados de cuenta del Impuesto de Industria Comercio y Servicios (ICS) y estado de cuenta de Bienes Inmuebles (proporcionado en la oficina en oficia de Fiscalización y Grandes Contribuyentes).

Cierran 120 negocios sin permiso de operación

Llenar y presentar el formulario de declaración de cierre, proporcionado en la oficina en oficia de Fiscalización y Grandes Contribuyentes.

Nota dirigida a la Gerencia de Recaudación y Control Financiero, exponiendo el motivo del cierre, indicando correo y números de teléfono de la empresa; fotocopia de DNI del propietario o representante legal.

Carta poder autenticada si se solicita a través de apoderado legal o representante; protocolización de cierre.

Se realiza un proceso de auditoría de los últimos cinco años para lo cual debe presentar:

Libros contables autorizados por la alcaldía o permiso de llevarlo por sistema con sus respectiva hoja suelta, sellada y autorizada por la alcaldía.

Estados financieros, original y copia, firmados y sellados por el gerente y contador de la empresa; balanzas de comprobación, original y copia, firmados y sellados.

Recibos de pago de Industria, Comercio y Servicio y constancia de contabilidad de los últimos cinco años; liquidación del impuesto Industria, Comercio y Servicios de los últimos cinco años.

Declaración jurada de impuesto, industria, comercio y servicios de Tegucigalpa de los últimos cinco años.

Declaración de impuesto sobre la renta de los últimos cinco años, con su comprobante de pago; declaración de impuesto sobre venta de los últimos cinco años.

Copia de pago y finiquito de auditoría anterior si lo hubiese; permiso de operación de los últimos cinco años; planilla de impuesto vecinal con su respectivo recibo de pago de los últimos cinco años.

Planilla de sueldos de empleados y planilla confidencial; permiso de instalación de rótulo y pago de los últimos cinco años.

Permisos para propaganda en vehículos y sus recibos de pago; recibo de bienes inmuebles o contrato de arrendamiento (presentar estado de cuenta anual que no presente deuda).

De no tener empleados, traer constancia de seguro social; declaraciones realizadas en otros municipios con sus recibos de pago.

Escritura de constitución; presentar el Registro Tributario Nacional (RTN); solvencia municipal del propietario o representante legal.

Y estado de cuenta de volumen de ventas de los últimos cinco años; proporcionado en la oficina en oficia de fiscalización y grandes contribuyentes; otros documentos que, a criterio del auditor, se estimen necesarios según cada caso.