Tegucigalpa, Honduras
Aplicar la reforma del artículo 8 del Impuesto Sobre la Venta (ISV) violenta el nuevo Código Tributario, según explicaron directivos del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep).
Anunciaron que agotarán todas las instancias administrativas y demás acciones que tomarán para que se aplique únicamente el artículo 214 del Código Tributario.
El conflicto inició luego de que el Servicio de Administración de Rentas (SAR) emitiera el oficio DNCT-001-2017 en el que establece que los emisores de tarjetas de crédito o débito son los encargados de retener el 15% del ISV, a partir del 1 de febrero. Es decir que a partir de este mes deberían los bancos, según el SAR, reembolsar a los negocios afiliados únicamente el valor de la transacción o compra, excluyendo el impuesto sobre ventas.
Este tributo será depositado de forma íntegra al fisco y sin derecho al crédito fiscal.
“Lo que nosotros estamos pidiendo es que se cumpla con la ley porque el Código Tributario prima sobre cualquier ley”, manifestó Arturo Alvarado, asesor del Cohep.
Esto significa que las reformas aprobadas a la Ley del ISV en 2011 y 2013 quedaron derogadas al entrar el vigor la nueva ley. A criterio de Alvarado, la interpretación del SAR es errónea.
La queja del sector empresarial fue enviada al Comisionado de los Derechos Humanos (Conadeh), ya que esta institución maneja la defensoría del obligado tributario, según lo establecido en el mismo Código.
De no lograr una respuesta oportuna, tomarán acciones legales, advirtieron.
Afectados
El Impuesto Sobre Ventas es pagado de forma anticipada por los comerciantes al importar la mercadería.
Entonces son los dueños de establecimientos y no los bancos los afectados. Esto porque al aplicar el oficio del SAR, el dinero de los tributos ya pagados no les sería devuelto.
Además, como siempre ocurre, el comerciante deberá recuperar su inversión, lo que puede generar aumento en el precio de los productos que compra el consumidor final.