TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Aunque el Régimen de Importación Temporal (RIT) está vigente desde 1984 en el país, las empresas acogidas ya no gozarán de los beneficios e incentivos fiscales a partir de 2025.
Con la aprobación y entrada en vigor del decreto 278-2013 contentivo de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión quedó establecido en su artículo 23 que hasta 12 años se podía gozar de los privilegios en materia fiscal cuando la ley que otorgue el beneficio no contemple el plazo de duración, abarcando las empresas amparadas bajo el RIT.
EL HERALDO constató que la disposición de la normativa que data de 11 años limita para que los beneficiarios del régimen gocen de exoneraciones por 12 años que finalizarían en el 2025 y 12 meses posteriores para aquellas empresas favorecidas, después de la vigencia del decreto.
De acuerdo con el decreto 37 de 1984, el RIT busca la promoción de las exportaciones por parte de las empresas que no reciben los beneficios en otras leyes existentes.
De los siete regímenes fiscales creados en el territorio hondureño quedan suspendidos el pago de derechos aduaneros, impuesto general de venta, incluyendo otros impuestos a la importación de materias primas, productos semielaborados, empaques y otros insumos para producir los bienes o servicios que se envíen a países no centroamericanos.
Además, se encuentran exoneradas la maquinaria, equipo, moldes, herramientas, repuestos y accesorios exclusivamente para ensamblar, transformar, modificar o producir los bienes o servicios destinados a la exportación a naciones que no sean de la región.
A través del decreto 135-1984 se le canceló al referido mecanismo la exoneración del Impuesto sobre la Renta (ISR), mientras que en el 2016 se le autoriza las ventas en el mercado interno como parte de las reformas a las que ha sido objeto.
Marcada desventaja
“Desafortunadamente las empresas que están instaladas en Honduras y se benefician de regímenes como el RIT compiten con otras empresas que están en otros países que les otorgan beneficios similares o hasta mejores; al perder los beneficios del RIT esas empresas quedarán en una marcada desventaja con su competencia que sí seguirá beneficiando de ventajas similares a las otorgadas por el RIT”, manifestó a EL HERALDO el exdirectivo del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), Guy de Pierrefeu.
Enfatizó que “no veo cómo podrían mantenerse operando en Honduras sin el RIT. La consecuencia lógica sería el cierre de esas empresas, pero también de muchas otras que viven de los servicios que prestan a esas empresas y a los trabajadores de las empresas RIT. Sería un efecto bola de nieve muy dañino para la economía hondureña a nivel del desempleo y de la caída del Producto Interno Bruto”.
Las empresas que operan bajo el Régimen de Importación Temporal no compiten con aquellas unidades económico-social que alimentan en bienes y productos el mercado nacional, por lo tanto, su existencia no afecta el ingreso fiscal del gobierno y más bien lo sustentan de manera indirecta con la actividad económica colateral que generan, así como los salarios que pagan que producen impuestos directos e indirectos, sostuvo.
El empresario instó que “lo lógico sería que el Congreso Nacional analizara bien el impacto de esta actividad de las empresas del régimen RIT y apruebe una nueva ley que permita que sigan operando y si en el pasado hubo algún abuso, pues en el texto de esta nueva ley se debe corregir la operación para evitar los abusos que se hayan podido dar”.
Otras posturas
“Generalmente en Honduras las empresas que gozan o entran a estos regímenes se les van renovando (los privilegios) a menos que no quieran o dejen de operar en el país, es casi automático, pero un arma de doble filo porque como puede ser bueno cuando las empresas están trabajando adecuadamente y también puede ser nocivo por la cantidad de dinero que el Estado dejará de percibir en concepto de impuestos exonerados; quizás la empresas si están trabajando, sin dar los beneficios planteados por la ley como aumento en la producción y empleo”, consideró el economista Martín Barahona al ser consultado por EL HERALDO.
La expresidenta del Colegio Hondureño de Economistas (CHE), Liliana Castillo, reiteró que es necesaria la revisión de las exoneraciones que se otorgan a nivel nacional porque se ha hecho un mal uso de estas, donde Honduras figura como el país que más beneficios fiscales concedió equivalente a un 7% del Producto Interno Bruto (PIB) y en el resto de la región totalizan el 3.5%, reflejando una reducción gradual.
“A veces, aunque los beneficios fiscales sean altos la inversión no viene por otros factores como la inseguridad jurídica y ciudadana, costo de la energía, dificultad para obtener divisas, entre otros”, destacó.
Desactualizada
La Secretaría de Finanzas (Sefin) no dispone de información actualizada de las empresas acogidas al RIT y al 2022 se contabilizaron 80 las que estaban inscritas.
En el informe de gasto tributario incorporado en el proyecto aprobado del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal 2024 subraya que la erogación por gravámenes exonerados del RIT hace dos años totalizó 496.4 millones de lempiras, de los que L426.1 millones correspondía al ISR e impuestos conexos, mientras que L 70.8 millones al Aporte para la Atención a Programas Sociales y Conservación del Patrimonio Vial (ACPV).
La situación de empleo en este régimen reportó que 64 empresas (80%) tenían 61,173 puestos de trabajo y que solo dos de las organizaciones generaron nuevas fuentes laborales.
El 65% de las empresas RIT exportaron, una de ellas en particular que alcanzó un valor de 4,996.7 millones de lempiras, sin embargo, el resto de empresas (28) no tuvieron exportaciones y si gozaron de exoneraciones fiscales por 68.3 millones de lempiras.