TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La negociación del salario mínimo es uno de los temas de interés público que mayor atención genera en Honduras por los ajustes aprobados y por el impacto que tiene en los sectores económicos.
Un informe brindado por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (STSS) indica que desde 1974 a 2024 se han promulgado 36 decretos y acuerdos para la fijación del salario mínimo, o sea que los ajustes han sido aprobados por el Poder Ejecutivo y por la comisión tripartita (gobierno, trabajadores y empresarios). Agrega que en los años setenta se aprobaron dos aumentos, dos en los ochenta, 10 en los noventa y 22 del 2000 en adelante.
Entre 2001-2024 se realizaron 24 ajustes al salario mínimo, de los que dos fueron aprobados en 2002. Los ajustes para 2003 y del 2005 al 2011, ante la falta de acuerdo en la comisión tripartita del salario mínimo, fueron determinados por el Poder Ejecutivo, mientras que para 2001, 2002, 2004 y del 2012 al 2024 fueron consensuados a lo interno de la comisión tripartita.
Los criterios establecidos por la comisión de salario mínimo y de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Salario Mínimo (Decreto 103), la remuneración se establece según la actividad económica y tamaño de las empresas en relación al número de trabajadores.
Para las empresas acogidas en la Ley de Zonas Libres (maquila textil, electrónica y de servicios) se estableció un salario diferenciado y que en la última década se han fijado de forma plurianual. Este año la comisión tripartita acordó un salario para el trienio 2024-2026, fijando para 2024 un ajuste de 6.5% y un sueldo promedio de 11,137.01 lempiras mensuales. Para 2025 el aumento negociado es de 7.5% y un salario de 11,972.29 lempiras mensuales y 8.5% para 2026 con sueldo de L 12,930.07 al mes.
El primer salario mínimo fijado en Honduras vía Decreto 121 fue de 100.50 lempiras y estuvo vigente de mayo de 1974 a diciembre de 1978. El salario mínimo promedio para este año, con una vigencia de 12 meses y que se pagó en diferido enero y febrero, en marzo y abril, es de 13,156.53 lempiras, según el acuerdo 109-2024.
Política salarial
Según el informe de la Secretaría de Trabajo, en el periodo 2012-2020 los ajustes al salario mínimo registraron un comportamiento continuo al establecerse incrementos cada año, enmarcados en la realidad económica y bajo los parámetros de crecimiento económico-productividad-empleo.
En 2021 y 2022, debido a los efectos de la crisis sanitaria covid-19 y las tormentas tropicales Eta y Iota, se establecieron ajustes de manera especial, sin embargo, la metodología vigente contiene cláusulas de salvaguarda que busca dar ajustes moderados para preservar-aumentar los empleos y vigilar la competitividad, siendo un ejemplo la separación de la actividad de comercio con respecto a hoteles y restaurantes, al ser ésta última actividad en donde se integra el turismo, una de las más afectadas. En 2021 el ajuste se aplicó a partir de julio.
En 2022 se retoma el ajuste con vigencia a partir del 1 de enero, con la diferencia que los aumentos de enero, febrero y marzo se pagarían de forma diferida en abril, mayo y junio.
En 2023 se aprobó la nueva tabla de salario mínimo que regirá en todo el país en base a la inflación interanual registrada a diciembre de 2022, la que resultó en 9.80%, aumentando el sueldo promedio de 11,278.75 a 12,377.73 lempiras mensuales, con un incremento de L1,098.98 al mes.
Para 2024 el ajuste osciló entre 5.5% y 7.5%, pasando de 12,377.73 a 13,156.53 lempiras al mes, con un aumento de L778.80 al mes, pagado en forma diferedida enero y febrero en marzo y abril.