Economía

¿Cuáles son las medidas recientes de la CNBS para combatir el fraude?

Titulares de 9.3 millones de tarjetas de débito que circulan en Honduras y 480,820 usuarios de tarjeta de crédito deben conocer las nuevas disposiciones
26.07.2024

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La cifra de casos de fraudes y operaciones sospechosas con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y financiamiento reporta un crecimiento interanual de 50% en Honduras. Así lo revela un informe de la Gerencia de Protección al Usuario Financiero de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).

Ante los constantes reclamos de los usuarios financieros, la CNBS aprobó el pasado 24 de julio un proyecto de lineamientos mínimos para la prevención de operaciones no reconocidas con esos productos financieros y que comenzarán a aplicarse 60 días después de haber sido publicado en el diario La Gaceta.

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El objetivo de esas medidas es prevenir y mitigar los fraudes con tarjetas de débito, tarjetas de crédito y financiamiento. En Honduras circulan 9,264,600 tarjetas de débito y 1,106,422 tarjetas de crédito en poder de 480,820 usuarios, de acuerdo con reportes de la CNBS y del Banco Central de Honduras (BCH).

Medidas

Entre los controles mínimos aprobados por la CNBS destacan el “Sistema de monitoreo de operaciones con tarjetas” y que será usado por las instituciones supervisadas para la búsqueda de patrones inusuales o sospechosos que puedan indicar posibles fraudes.

Además, la “Notificación al tarjetahabiente de las operaciones realizadas”, la que se realizará en tiempo real. También las instituciones supervisadas deberán notificar transacciones no monetarias como cambios de PIN, actualización de número telefónico y correo electrónico.

Otra disposición que las instituciones supervisadas deberán contar con mecanismos que les permitan identificar las nuevas tipologías de fraudes con tarjetas que ocurran en el país y en la región para mitigar su ocurrencia.

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También las instituciones supervisadas que brinden el servicio de adquirencia (aceptación de tarjetas de débito y crédito como métodos de pago) deben requerir a los comercios afiliados realizar el proceso de cobro de las transacciones monetarias a la vista y en presencia del tarjetahabiente, identificando plenamente al titular de la tarjeta.

Otra medida aprobada por la CNBS es la “Autenticación del tarjetahabiente para operaciones no presenciales”, contando con al menos uno de los siguientes controles: Autorización desde la aplicación móvil u otro canal establecido por la institución, Código de seguridad dinámico y Código OTP (contraseña de un único uso) enviado a través de dos de los siguientes medios: correo electrónico, mensaje de texto o aplicación móvil, entre otros.

También se deberá adoptar el “Enrolamiento de tarjetas con servicios de pago móvil” y con ese fin las instituciones supervisadas deberán establecer mecanismos de autenticación como el envío de códigos OTP u otros que garanticen que el enrolamiento con servicios de pago móvil es realizado por el propietario legítimo de la tarjeta.

Las instituciones supervisadas deberán contar con “Servicio de atención al tarjetahabiente para casos de operaciones no reconocidas”, que incluya canales de comunicación las 24 horas del día para reportar los casos de fraude y proceder al bloqueo de la tarjeta.

Entre las medidas de la CNBS se solicita a las instituciones supervisadas “Procedimientos para reportar casos de operaciones no reconocidas”, los que deben ser claros y eficientes y que deben ser publicados en los diferentes canales de comunicación que utilice la institución y a disposición permanente de los tarjetahabientes.