TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Empresa Energía Honduras (EEH) incumplió la reducción de las pérdidas de energía eléctrica para los años dos y tres de contrato de concesión que le otorgó el Estado, según el informe certificado del supervisor Manitoba Hydro International (MHI).
En consecuencia, la Superintendencia de Alianzas Público-Privadas (SAPP) emitió un acuerdo en el que le impone una cuantiosa multa a EEH, según conoció en exclusiva EL HERALDO.
“Con el informe de Manitoba hemos determinado que el año dos y el año tres (2018 y 2019) no se alcanzaron las metas de reducción de pérdidas, por lo tanto, la Superintendencia, en sesión de pleno, aprobó el pasado 7 de mayo un acuerdo mediante el cual se le impone una sanción a la Empresa Energía Honduras”, explicó Leo Castellón, comisionado presidente de la SAPP.
Las multas ascienden a 12.4 millones de dólares en el año dos y 34.4 millones de dólares en el año tres, sumando una sanción total de 46.8 millones de dólares. Esta cifra equivale a 1,124.7 millones de lempiras, que es lo que EEH deberá pagar al Estado por incumplir el contrato de operación del sistema de distribución de la ENEE.
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La sanción corresponde al valor del 25% de los kilovatios de energía que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) no pudo cobrar en esos dos años. “Este acuerdo no está basado en las decisiones del Comité Técnico del Fideicomiso, está basado en los informes del supervisor, como manda el contrato de concesión. Nosotros de oficio conocemos el informe como lo manda el contrato y no necesitamos la validación del comité para proceder”, detalló Castellón, quien anunció que en los próximos días se publicará en el diario oficial La Gaceta.
Reacción de EEH
El gerente general de EEH, Ricardo Roa, declaró ayer que hay una resolución de un recurso de reposición y apelación de la Corte de lo Civil que establece suspender los acuerdos desarrollados por el Comité Técnico del Fideicomiso. Roa denuncia que hay una posición dominante de la ENEE al tener dos votos en el comité desde que el gobierno eliminó la Comisión para la Promoción de la Alianza Público Privada (Coalianza), lo que violenta los derechos de EEH. En tal sentido, afirma que las autoridades de la SAPP no podrán tomar como base los informes y las decisiones del comité técnico para imponer multas o sanciones. Sin embargo, el presidente de la SAPP informó que desconocen el fallo y reiteró que la multa emitida está totalmente apegada al contrato.
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