Elecciones en Honduras

Código Penal impone cárcel por compra o venta de votos en las elecciones

También se establece pena de prisión a los usurpadores de cargos en las mesas receptoras y para quien adultere resultados, pero expertos lamentan que no hay acciones claras por los hechos de las primarias

FOTOGALERÍA
20.11.2021

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Después de ocho meses de pasadas las elecciones primarias, la Unidad Especial contra Delitos Electorales (Uecde) del Ministerio Público no ha documentado ni una de las 26 denuncias sobre delitos electorales que recibió sobre ese proceso.

El 2 de febrero de 2021, el Ministerio Público activó la Uecde para atender los delitos electorales que se cometieran durante las elecciones primarias del 14 de marzo y en los comicios generales a realizarse este próximo 28 de noviembre.

El día de las primarias, la Fiscalía anunció que más de 80 fiscales estarían “asignados en las diferentes regionales en todo el país para recibir denuncias, atender llamadas telefónicas de los ciudadanos u organizaciones sobre las irregularidades que se puedan dar dentro del proceso interno o primario”.

VEA: ¿Por qué es necesario poner un techo económico a las campañas políticas?

Tras varias consultas de EL HERALDO, el departamento de relaciones públicas del Ministerio Público informó que sobre el proceso electoral primario la Uecde recibió 26 denuncias y que todas están “en investigación”, esperando que el Consejo Nacional Electoral (CNE) remita información que se le solicitó para fortalecer los expedientes.

Sobre la tardanza en enviar la información solicitada por la Fiscalía, el secretario del CNE, Alejandro Martínez, sostuvo que eso lo deben responder los consejeros y estos dicen no saber nada de la petición del Ministerio Público.

La Unidad Especializada contra Delitos Electorales del Ministerio Público ya recibió seis denuncias de delitos electorales en las elecciones generales. Foto: Archivo/ EL HERALDO

La Unidad Especializada contra Delitos Electorales del Ministerio Público ya recibió seis denuncias de delitos electorales en las elecciones generales. Foto: Archivo/ EL HERALDO

Desidia

Para el abogado y analista político Raúl Pineda Alvarado, la despreocupación o desinterés del Ministerio Público en perseguir los delitos electorales se da primero por “la tendencia de los fiscales a no involucrarse en temas políticos, porque esto supuestamente contamina su trabajo, y lo segundo por el temor de desagradar a los que los nombran, o los sostienen, en los cargos. El actuar conforme a ley les puede generar una conflictividad”, meditó.

Cuando “usted no tiene un Ministerio Público independiente, autónomo, objetivo, sino que más bien es una prolongación del Poder Ejecutivo, la reacción de este Ministerio Público es no verse involucrado en situaciones que pudieran desagradar a los políticos. Cuando usted tiene un Ministerio Público que realmente responde a esas características entonces en casos de graves delitos electorales no van a intervenir”, añadió.

ADEMÁS: ¿Qué es el TREP y cómo funcionará en las elecciones generales 2021?

Pineda Alvarado es del criterio que este tipo de actos ilegales en los procesos electorales deben atenderse tanto desde el derecho penal a cargo del Ministerio Público como desde el derecho penal administrativo bajo la responsabilidad del Consejo Nacional Electoral (CNE) o el Tribunal de Justicia Electoral.

A su criterio, el derecho penal nunca sirve “como forma de control, como forma de satisfacer los naturales deseos de castigo para los que atentan contra determinados bienes jurídicos que ofenden los sentimientos de la sociedad, pero nunca ha servido para resolver los problemas de la falta de ética con que se comportan los políticos”.

Incluyendo las del 28 de noviembre, un total de 11 procesos electorales ha tenido Honduras desde 1982. Foto: Archivo/ EL HERALDO

Incluyendo el del 28 de noviembre, un total de 11 procesos electorales ha tenido Honduras desde 1982. Foto: Archivo/ EL HERALDO


Consideró la utilización de otras formas de sanción, mediante el derecho penal administrativo expresado en multas, en suspensión, en pérdida de personería jurídica ante conductas que realmente tergiversen la voluntad popular; pero “encarcelar la gente, normalmente no resuelve los problemas que tiene que ver con una democracia electoral eficiente, transparente y provechosa para todos”.

Manifestó que le pareció monstruoso que se propusiera en el Congreso una reforma electoral aplicando prisión a los consejeros que dieran anticipadamente datos de los resultados electorales. “Eso es una visión expansiva, de las cavernas, nada que tenga que ver con democracia y modernidad”.

Para él, las próximas elecciones generales van a ser razonablemente transparentes, “pero esto no significa una elección ejemplar.

VEA TAMBIÉN: Qué son las Juntas Receptoras, donde se cocinan los votos de las elecciones

Delitos electorales

El Código Penal en el artículo 542 establece la coacción y amenaza electoral, precisando que serán castigados con una pena de cuatro a seis años de prisión quien impidiere a otro ejercer el sufragio, quien obstaculice a los organismos electorales ocupar oportunamente los locales públicos necesarios para su funcionamiento y quien no permita la apertura de la votación, la interrumpa o cambie de local.

El artículo 543 menciona la falsificación de documentos electorales. Este delito será castigado con las penas correspondientes al delito de falsificación de documentos públicos y pérdida de la ciudadanía por el mismo tiempo que dure la privación de libertad.

El artículo 544 detalla un catálogo de 20 delitos electorales en los que se señala la inexactitud maliciosa en la elaboración del Censo Electoral, irregularidad en la organización y funcionamiento de las mesas electorales, usurpar cualquiera de los cargos de la mesa, impedir a los miembros de la mesa la revisión de las urnas antes de iniciar la votación y al terminarla, así como la revisión de los votos en el escrutinio, la anotación maliciosa e incorrecta en el cuaderno de votación o en el contenido de las papeletas electorales.

De igual manera, indica la violación de la secretividad del voto, la declaratoria de elección en personas no electas, alteración del número de papeletas con relación al acta de apertura y cierre, retardar intencionalmente la remisión de la documentación y material electoral utilizado en las elecciones, extraer los votos depositados antes de verificarse el escrutinio, ejercer el sufragio hallándose inhabilitado o votar más de una vez.

La adulteración de actas es delito penado por la ley. Foto: EL HERALDO

La adulteración de actas es delito penado por la ley. Foto: EL HERALDO


Asimismo, es delito suplantar a otra persona en el ejercicio del sufragio, comprar o vender el voto, omitir la firma, por parte del presidente o secretario de la Mesa Electoral Receptora (ahora Junta Receptora de Votos) en la papeleta electora, entre otros.

Cuando los actos indicados fueren cometidos por funcionarios o empleados públicos, estos serán sancionados, además con la pena de inhabilitación especial por el doble de tiempo que dure la pena de prisión, dice el Código Penal.

El artículo 546 también deja claro que es delito electoral la suplantación de identidad hondureña para ejercer el sufragio, el extranjero que lo haga será sancionado con la pena de diez años de prisión, sin perjuicio de su expulsión del país.

Complicidad

El exfiscal general Edmundo Orellana sostuvo que el desinterés en la persecución de los delitos electorales solo contribuye a que haya individuos que tuerzan y retuerzan el voto popular, lo que al final da como resultado el debilitamiento y deterioro de la democracia.

No se explica por qué la fiscalía “no hace su trabajo”, aun cuando tiene un mandato que le faculta la persecución de todo delito que resulte evidente su comisión o que haya sido denunciado.

Según él, solo el hecho de que se haya comprobado tanto en el Consejo Nacional Electoral como en la instancia del Tribunal de Justicia Electoral que hubo mesas donde se alteraron actas intencionalmente para favorecer a unos, en perjuicio de otros, es suficiente evidencia, es prueba irrefutable de que se falsificaron documentos.

“Que el Ministerio Público no proceda de oficio y que no proceda en aquellos casos que han sido denunciado ante ellos es vergonzoso realmente, y hace que la fiscalía especial que está encargada de estas competencias se convierta en cómplice del delito cometido”, criticó Orellana.

Los documentos electorales son el Censo Electoral, el listado de electores, los cuadernos de votación, las actas, las listas de electores inhabilitados, las certificaciones de resultados y de cualquier otra clase utilizadas en el proceso electoral. Foto: EL HERALDO

Los documentos electorales son el Censo Electoral, el listado de electores, los cuadernos de votación, las actas, las listas de electores inhabilitados, las certificaciones de resultados y de cualquier otra clase utilizadas en el proceso electoral. Foto: EL HERALDO


Precisó que la persecución de los delitos electorales se presenta de dos formas: una es la denuncia donde el Ministerio Público necesita tiempo para recabar toda la información y la otra es la que resulta de las decisiones del CNE reconociendo la alteración de los documentos electorales y su resolución es incuestionable.

En este último caso, el Ministerio Público “no tiene por qué andar recabando información, es simplemente tener la certificación de ambos documentos y proceder criminalmente contra los miembros de las mesas que alteraron esa documentación”, sostuvo.

ADEMÁS: Conadeh movilizará a 605 observadores a nivel nacional durante las elecciones

Mientras no exista persecución de los delitos electorales, estos actos seguirán presentándose en las elecciones. Los individuos que cometieron el delito en las elecciones primarias van a ser los mismos que van a integrar las mesas o juntas en las elecciones generales.

“Recuerde que quienes proponen los miembros de la mesa son los mismos partidos y ellos van a proponer a los mismos delincuentes que han propuesto siempre, es decir, no todos lo son, pero desde luego aquellos que han cometido el delito los van a proponer porque son expertos, advirtió.

Orellana es del criterio que para unas elecciones transparentes es necesario que haya escrutinio transparente, “y eso no va a pasar porque las mesas electorales están integradas por personas nombradas por los partidos y los diputados y candidatos a cargo de elección popular, no solamente para que les protejan los votos, sino para que les favorezcan su candidatura y eso va en contra de la voluntad popular, “y ahí es donde se comete el fraude”.

Es que “la misma ley y el mismo sistema le ha entregado a los partidos políticos el manejo de los resultados de las elecciones, es decir, le ha dado al conejo la responsabilidad de cuidar las zanahorias”, ironizó.

VEA: En blanco o con nombre: ¿Cómo entregará las credenciales el CNE?