Asimismo, el llamado fue extensivo para medios de comunicación ya que esto conlleva caer en violación de la Ley Electoral que prohibe la divulgación de resultados a boca de urna.
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'Queda totalmente prohibido difundir, publicar o comentar el día de celebración de las elecciones, de manera directa o indirecta, resultados totales o parciales de encuestas, sondeos de opinión, encuestas a boca de urna', se lee en el comunicado.
Más temprano el CNE detalló que ellos brindarán un primer reporte preliminar de resultados tres horas después de que se hayan cerrado las urnas a nivel nacional.
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Aquí el comunicado íntegro:
PRIMERO. Está en proceso de investigación la caída de la página web del Consejo Nacional Electoral para la consulta del censo, y en la primera información recibida se reeja un ataque al servidor ubicado en las instalaciones del Consejo.SEGUNDO. Hacer un llamado a los candidatos de todos los niveles electivos y los medios de comunicación para que se abstengan de publicitar declaraciones de partidos y candidatos que, violentando la Ley Electoral, den a conocer resultados o se declaren ganadores. Artículo 241.- DIVULGACIÓN DE RESULTADOS DE ENCUESTAS A BOCA DE URNA.
Queda totalmente prohibido difundir, publicar o comentar el día de celebración de las elecciones, de manera directa o indirecta, resultados totales o parciales de encuestas, sondeos de opinión, encuestas a boca de urna.
Sólo pueden publicarse hasta después de tres (3) horas del cierre total de la votación a nivel nacional, decretado por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Quienes contravengan lo indicado en el párrafo anterior, serán sancionados con una multa de doscientos (200) a mil (1,000) salarios mínimos. Igual multa se impondrá al medio de comunicación que dé a conocer los resultados de la encuesta a boca de urna antes de las tres (3) horas de cierre de la votación a nivel nacional.
Si el incumplimiento de las disposiciones establecidas en este Artículo se realizare por personas naturales o jurídicas que no se hayan registrado previamente en el Consejo Nacional Electoral (CNE), se les aplicará el doble de la multa establecida en el presente Artículo, sin menoscabo del cierre del medio de comunicación que haya dado a conocer dicha encuesta.
TERCERO. Ordenar a los operadores técnicos propietarios y suplentes, mantenerse en los centros de votación a la espera de la llegada de los kits tecnológicos, ya que estamos en proceso de entrega, especialmente en Francisco Morazán que ha sido el último departamento en cubrir.
CUARTO. Hacer un llamado a los Miembros Delegados de las Juntas Receptoras de Votos para que NO permitan el ingreso a las cabinas de votación, de teléfonos celulares y aparatos electrónicos, los cuales deben quedar retenidos en la Junta, hasta que el votante ejerza el sufragio.
QUINTO. Informar a la ciudadanía que el registro de votantes a través del lector de huellas, refleja una anuencia de un millón ochocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve (1,844.439) votantes, equivalente al 36% de los ciudadanos habilitados en el Censo.
SEXTO. Ante la masiva anuencia de electores, pedir a las Juntas Receptoras de Votos que, en aplicación del artículo 265 de la Ley Electoral, extiendan la jornada electoral hasta que el último ciudadano que se encuentre haciendo la la respectiva pueda ejercer su derecho al voto.
Hacemos un llamado a las Fuerzas Armadas de Honduras y a la Policía Nacional, a garantizar la apertura de los centros de votación hasta que el ultimo ciudadano ejerza su derecho, tal como lo manda la Constitución y la Ley Electoral.