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¿Salvador Nasralla puede ser presidente del Congreso Nacional?

El artículo 309, de la Ley Electoral, indica que cuando falte el diputado propietario, el suplente deberá seguir en el puesto, pero en caso de que tampoco pueda, un representante del partido correspondiente asumirá el curul

Carlos Girón Pineda

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El vicealcalde electo de la capital hondureña, Cárleton Dávila, planteó que el nuevo Congreso Nacional, vigente desde el 25 de enero de 2022, deberá ser presidido por Salvador Nasralla, quien fungirá en la administración de Xiomara Castro como designado presidencial.

'La Ley Electoral permite que se dé el proceso. No hay ningún impedimento legal, él puede incorporarse como presidente del Congreso', dijo al canal Q' Hubo TV el excandidato a la alcaldía de Tegucigalpa por el Partido Salvador de Honduras (PSH).

Desde el segundo uno hasta el 36, del siguiente video, se pueden apreciar las palabras de Dávila, quien antepuso el pasado 21 de octubre su aspiración de dirigir al Distrito Central para unirse a la fórmula Jorge Alda, de Libertad y Refundación (Libre).



El equipo de Fact Checking de EL HERALDO Plus analizó la Constitución de la República, la Ley Electoral y la Ley Orgánica del Congreso Nacional para saber si las normativas permiten o impiden que Nasralla entre en la ecuación del nuevo Parlamento.

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Posibilidad

El artículo 309, en el numeral dos de la Ley Electoral, indica que cuando falte el diputado propietario en el Congreso Nacional, el suplente deberá seguir en el puesto, pero en caso de que tampoco pueda, un representante del partido correspondiente asumirá el curul.

'Si la vacante fuere de un diputado propietario el cargo debe ser ocupado por el respectivo suplente y este a su vez debe ser reemplazado por la persona que determine la autoridad partidaria', detalla.

Un apartado del mismo artículo explica que la situación de 'renuncia, inhabilitación o muerte de un diputado al Congreso Nacional, un miembro de la corporación
municipal, diputado al Parlamento Centroamericano o la autoridad partidaria deberá realizar el reemplazo correspondiente'

La sustitución de la figura en tercer grado puede ocurrir siempre y cuando cumpla con los requisitos que establece la Constitución en su artículo 198.

El artículo 196 de la Carta Magna indica además que, en caso de que el diputado titular no siga con el cargo, quien lo sustituirá será el suplente.

'En caso de falta absoluta de un diputado terminará su periodo el suplente llamado por el Congreso Nacional', estipula la normativa.

La Ley Orgánica del Congreso Nacional, en tanto, no impide ni tampoco permite que una figura que no participó en la elección en busca de un puesto en el Hemiciclo pueda llegar a ser diputado.

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Legal, pero no conveniente

Para el abogado Jhonatan Rosales, la sustitución de un diputado en el Congreso Nacional debe contemplarse bajo tres tiempos: previo a las elecciones, después de los comicios y antes de la declaratoria del Consejo Nacional Electoral (CNE).

'En este momento en el proceso electoral, que es último, hay una disposición en la Ley Electoral que si se toma se podría decir que no se puede hacer porque Salvador (Nasralla) participó en las elecciones generales bajo la fórmula de Castro como designado presidencial', consideró.

No obstante, explicó que el presunto planeamiento para colocar a Nasralla, de 68 años, como diputado a pesar de que no participó en los comicios en ese nivel, podría llevarse a cabo bajo un mecanismo que implicaría dos dimisiones.

'Para que sea factible esta opción bastaría que un diputado propietario del PSH renuncie y también el suplente para que la autoridad del partido (Salvador Nasralla) tendría que elegir a la nueva figura no de la nómina de los diputados que han sido electos, sino que dependiendo sus estatutos tendrán que hacer una asamblea extraordinaria', puntualizó.

'Quizá no sería lo correcto, pero desde el punto de vista legal es posible hacer la sustitución por los diferentes momentos electorales', añadió.

Rosales estimó que, aunque el método puede ser legal y eficaz, no es recomendable ejecutarlo debido a que puede tener en contra el tiempo y que pueda ser una mala estrategia.

'Estaríamos volviendo a los vicios de los partidos tradicionales que sí son inteligentes, pero tienden a generar disconformidad en la población', advirtió.

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Disconformidad

El planteamiento de Dávila generó desacuerdo entre los parlamentarios del PSH que están saliendo electos, según el CNE, a 29 días de la celebración de los décimos primeros comicios generales de la República.

Por ejemplo, para la doctora Ligia Ramos, la acción de integrar a Nasralla en el Congreso es una acción ilegal.

'La opinión de Cárlenton Dávila no es compartida por nosotros. Jamás le pediríamos a nuestro presidente de partido cometer un acto ilegal y no ético. La población le dio un mandato de ser designado para un poder ejecutivo balanceado', publicó en su cuenta de Twitter.

'Es una atribución personal, no del partido', dijo Daniel Navarro, candidato a diputado por la misma institución política.

Nasralla y Manuel Zelaya, coordinador de Libre, establecieron un acuerdo para formar la coalición opositora días antes de los comicios que consistía en que el presidenciable en 2017 elegiría a la nueva junta directiva del Congreso Nacional.

Sin embargo, la decisión previamente acordada podría tener injerencia como consecuencia de la voluntad de las bancadas y también por no lograr la mayoría simple, que son 65 representantes.

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Conclusión

La postura de Dávila, que plantea que Nasralla debería ser el siguiente presidente del Congreso Nacional en la administración 2022-2026 es factible debido a que la declaratoria a nivel presidencial todavía no es firme porque no ha transcurrido el plazo que establece la Ley de lo Contencioso Administrativo para impugnar la resolución.

Y tomando en consideración el artículo 309 de la Ley Electoral, este equipo califica como verdadero que Nasralla pueda presidir la Cámara Legislativa por los siguientes cuatro años.

La salvedad es que una disposición de la Ley Electoral impediría que Nasralla se convierta en diputado porque participó en las elecciones bajo la figura de designado presidencial.

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