Tomás Zambrano, secretario del Poder Legislativo, presentó la dispensa de dos debates por lo que se discutió en uno solo.
Además, Mario Pérez, vicepresidente del Congreso Nacional, aclaró que este decreto está dirigido solamente a aquellos reos que se encuentren procesados y no condenados.
“Es decir son personas que aún no han sido declaradas culpables, pero que están guardando prisión y que padecen de una enfermedad que los ponen en una condición de vulnerabilidad y, que en caso de infectarse con el Covid–19 en un centro penal con toda seguridad van a morir”, manifestó Pérez.
VEA: ¿Cuáles son los trabajos donde hay más contagios por Covid-19?
Las personas no condenadas que el juez considere que no son de alta peligrosidad, serán retornadas a sus hogares con un arresto domiciliario controlado por un elemento de seguridad.
Según Pérez, para tomar la decisión, el juez deberá tomar en consideración la peligrosidad de la persona que se encuentra en prisión, el tipo de delito por el que ha sido acusado o si pertenece a un grupo delictivo organizado.
“El proceso penal tiene como finalidad que la persona esté presente en todas las audiencias en las que se decidirá si es culpable o no y que las pruebas se obtengan sin obstáculos”, finalizó el vicepresidente del Congreso Nacional.