TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Aunque los funcionarios públicos y servidores que ostentan otros puestos deben renunciar a sus cargos seis meses antes de las elecciones generales para poder aspirar a una diputación, se excluiría a los gobernadores departamentales mediante una reforma a la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas.
Un proyecto de decreto dictaminado por la comisión especial para atender asuntos surgidos durante la pandemia del covid-19 y al que tuvo acceso EL HERALDO promueve un cambio de fondo al artículo 98 de la normativa vigente, presentado por la diputada del Partido Nacional, Olga Ayala.
El segundo párrafo de la disposición referente a las condiciones de elegibilidad e inhabilidades subraya que “las personas que se encuentren comprendidas en el artículo 199 de la Constitución de la República deben renunciar seis meses antes de las elecciones generales para no encontrarse comprendidos dentro de las inhabilidades”. “De manera excepcional, para el caso los funcionarios señalados en el numeral siete de dicho artículo distintos a los gobernadores departamentales, no se encontrarán comprendidos dentro de las incompatibilidades e inhabilidades si durante seis meses antes de celebrarse las elecciones generales se encuentran inactivos en sus cargos por permiso o licencia sin goce de sueldo, pudiendo reintegrarse al mismo una vez finalice el proceso electoral, si no resultan electos”, añade la modificación.
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Inelegibilidad
El artículo constitucional referido define en 13 numerales quiénes no pueden ser elegidos diputados al Congreso Nacional y en el séptimo estipula que entre estos se encuentran los demás funcionarios y empleados públicos del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial que determine la ley, salvo aquellos que desempeñen cargos docentes y de asistencia de salud.
A través de este cambio al instrumento jurídico que data del 2004 los alcaldes y quienes buscan una diputación al Parlamento Centroamericano (Parlacen) no podrían convertirse en legisladores del órgano unicameral.