TEGUCIGALPA, HONDURAS.- De concretarse la reforma a la Constitución de la República, Honduras se convertirá en el tercer país de Centroamérica en el que los religiosos podrán lanzarse al ruedo político y ostentar un cargo público, constató EL HERALDO.
En Costa Rica ya hay un antecedente de un pastor que fungió como presidente de la Asamblea Legislativa. Mientras que en Panamá los ministros de los cultos religiosos pueden desempeñar funciones relacionadas a asistencia social, educación o investigación científica, de conformidad al artículo 42 de su Carta Magna.
Ningún ministro de las diversas religiones (padres o pastores) se le permite incursionar en política no solo en el territorio nacional, sino también en Guatemala al igual que en El Salvador, donde la prohibición es explícita en disposiciones de sus normas supremas.
A pesar de que esta restricción se ha mantenido desde 1982 en el país, se busca a través de una reforma al artículo 77 constitucional suprimir esa disposición y dejarles así el camino libre a los “ministros de la fe” en sus pretensiones de postularse a un cargo de elección popular.
77El artículo que se busca reformarde la Constitución de la República para dejar libre el camino a los líderes religiosos que deseen incursionar en política. |
Se busca la conformación de un partido político integrado por pastores y se denominaría Transformación Honduras. Está siendo promovido en las últimas semanas por el evangélico Mario Tomás Barahona, quien ya intentó convertirse en diputado por el Congreso Nacional hace una década.
Elección de pastor
En 2017 fue electo como titular de la Asamblea Legislativa costarricense al pastor Gonzalo Ramírez, pese a que en el artículo 115 de la Constitución política establece que quienes se desempeñen como presidente o vicepresidente de este órgano deben de ser del estado seglar, es decir que no pertenezcan al clero, que no sea religioso ni eclesiástico.
La escogencia del religioso y militante del Partido Renovación Costarricense (PRC) provocó controversia en varios sectores de la población de esa nación, particularmente en activistas feministas, a su vez miembros de la diversidad sexual. En el caso de El Salvador, los religiosos “no podrán pertenecer a partidos políticos ni optar a cargos de elección popular”, de acuerdo con el artículo 82 del estatuto supremo de ese Estado.
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La misma limitante abarca a miembros del servicio activo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, quienes tampoco pueden realizar propaganda política en ninguna de sus formas.
Los ministros de cualquier religión o culto también se encuentran condicionados en Guatemala, donde no pueden aspirar a convertirse en presidentes o vicepresidentes de esa nación centroamericana.