TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La declaración de inconstitucionalidad de la Ley Marco de Protección Social todavía no se está aplicando en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).
Por esa razón, los servicios de atención todavía no han sufrido un impacto en los beneficios que se presta a los afiliados.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por unanimidad de votos, declaró el pasado 5 de abril inconstitucional, por razón de contenido y forma, el decreto 056-2015, contentivo de la Ley Marco del Sistema de Protección Social.
EL HERALDO buscó a las autoridades ejecutivas de la institución para abordar el impacto que está sufriendo el instituto debido a esa determinación del Poder Judicial hace dos meses, pero no se obtuvo una respuesta.
Sin embargo, una fuente jurídica de la institución informó que todavía no se ha aplicado ese decreto de inconstitucionalidad.
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Lo anterior se debe a que no ha sido publicado en La Gaceta y porque iba a ser turnado a una comisión especial en el Congreso Nacional (CN) para que emitiera un dictamen final sobre la ley.
Los gremios de la salud y obreros catalogaron como una victoria la declaración de inconstitucionalidad de esa normativa porque aseguran que atentaba contra la salud pública y el sistema unitario de seguridad social.
No obstante, con esa determinación no existe un marco legal para la cobertura para los adolescentes entre 11 y 18 años, hijos de afiliados al IHSS. Esto representa que más de 324 mil menores de edad ya no podrán ser atendidos.
Los niños en el Seguro Social, antes de que existiera la Ley Marco de Protección Social (2015), gozaban del beneficio de protección de salud hasta los 11 años.
Pese a esa situación, el IHSS ha seguido brindando atención médica a los hijos de los afiliados. De igual forma, el Régimen de Previsión Social -antes llamado Invalidez, Vejez y Muerte (IVM)- sufrirá un impacto que afectará las jubilaciones de los afiliados.
Como otra consecuencia, el IHSS dejará de percibir 1,600 millones de lempiras en este año y 2,000 millones de lempiras el próximo año.
Por su parte, German Leitzelar, exmiembro de la Comisión Interventora del IHSS, explicó que fue una sentencia errónea que emitió la CSJ declarando una inconstitucionalidad inexistente.
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“Tiene que ser trasladada al Congreso Nacional y notificada por las vías oficiales correspondientes... por mandato constitucional el Congreso de la República debe publicar esa sentencia de inconstitucionalidad”, señaló Leitzelar.
Añadió que hasta que esté publicada en La Gaceta la sentencia de inconstitucionalidad surgen sus efectos, según lo manda la ley.
“Por tanto, en este momento, está generando incertidumbre tanto a las autoridades como a los obligados. Especialmente en el caso de los empleadores, las instituciones autónomas y privadas de servicio social como lo es el RAP, se miran en una incertidumbre ante la deficiencia de no cumplir con los procesos que manda la ley”, consideró.
Agregó que una corrección de forma era correcta, pero no destruir una institucionalidad jurídica de esa ley que lo único que generaba era beneficios.
También detalló que cuando se elaboró esa ley se determinó que la deuda histórica con el IHSS era de 3,000 millones de lempiras y se definió un mecanismo para que se pagara, lo cual queda ahora en el aire.
El exmiembro de la Interventora del Seguro Social consideró que también puede dar paso a un rompimiento de techos de cotización para los derechohabientes y patronos.
“Va a llegar un momento que van a tener que romper los techos, pero mi preocupación no es que los rompan, sino para dónde se va a ir el dinero si se rompen los techos”, planteó.
Samuel Santos, representante del Colegio Médico de Honduras ante la directiva del IHSS, indicó que sí se está acatando ese mandato de la CSJ.
“Lo que se está haciendo es buscando la manera para que las personas no vayan a salir afectadas por esta situación”, dijo.
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