TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Los permisos de portación de armas personales serán gratuitos no solo para miembros activos de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, sino también exfuncionarios de estas instituciones.
EL HERALDO constató que la reforma al artículo 84 sobre la licencia de portación especial de la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados incorpora un nuevo párrafo que implica un privilegio particularmente para quienes ya no forman parte de estos cuerpos de seguridad del Estado.
“El personal activo de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas obtendrán los permisos de portación de sus armas personales gratuitamente, debiendo cumplir con los demás requisitos establecidos en ley para tal fin”, subraya el agregado.
Añade que “esta disposición aplica también para exministros, exdirectores generales de la Policía Nacional, exmiembros del directorio estratégico, exdirectores nacionales y cualquier otro considerado como alto funcionario dentro de la Secretaría de Seguridad y Policía Nacional”.
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Aunque este rotativo informó sobre los cambios a la normativa vigente bajo el decreto 101-2018, el dictamen cuya discusión y aprobación quedó en suspenso contempla la modificación a 12 disposiciones, incluso la derogación del artículo 111 que contempla el informe acerca de material decomisado que deben de rendir organismos competentes.
Exención
De acuerdo con el artículo tres del dictamen, a todas las personas que se les haya decomisado armas de fuego durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria podrán solicitar en un período de seis meses su devolución a la institución armada exentas del pago de multas o recargos. El beneficio no aplica para los artefactos que hayan sido confiscados por otras causas y se les aplicará las sanciones correspondientes, previo a
su restitución.
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