Tegucigalpa, Honduras.- Tras una sesión pública, el Tribunal de Justicia Electoral (TJE) definió este martes el orden de precedencia y quien asumirá la presidencia de este ente electoral de cara a los próximos comicios primarios y generales.
La magistrada Miriam Barahona, representante del Partido Liberal, fue elegida como presidenta por votación de 2 contra 1, mientras que los magistrados Mario Urrutia, del Partido Nacional, y Mario Morazán, de Libre, ocuparán el segundo y tercer lugar en el orden de precedencia, respectivamente.
Barahona estará al frente del TJE de 2024 a 2025; Urrutia de 2025 al 2026 y Morazán de 2027 a 2028.
Este año, la presidencia del TJE recae en Barahona, mientras que Urrutia y Morazán la asumirán en los siguientes periodos, de acuerdo con el sistema rotativo establecido por la institución. Con la rotación de la presidencia se busca asegurar una representación equitativa de los tres partidos políticos en el órgano electoral.
La rotación en la presidencia es clave para garantizar la imparcialidad y la adecuada dirección de las elecciones en Honduras, tanto en los comicios primarios como en los generales, asegurando que todas las fuerzas políticas estén representadas de manera justa.
El TJE es una institución fundamental para la democracia hondureña, ya que tiene la responsabilidad de velar por la transparencia y el correcto desarrollo de los procesos electorales.
La elección del orden de precedencia y de la presidencia del tribunal fue un proceso abierto y transparente, con el propósito de fortalecer la confianza de los hondureños en el sistema electoral.
Ley Electoral
El pasado 9 de septiembre, el Congreso Nacional aprobó, por unanimidad, la Ley Procesal Electoral que regirá los procesos e impugnaciones el próximo proceso electoral.
Durante una sesión, artículo por artículo en capítulos, los parlamentarios aprobaron la normativa de 97 numerales, fue estructurada en dos años en un trabajo conjunto del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) y la Comisión Electoral del Congreso Nacional.
En la normativa se definen los procesos que deberá liderar el TJE como un órgano de segunda instancia, así como sus atribuciones, prohibiciones, organización y funcionamiento, entre otros.
Entre las disposiciones generales aprobadas por los legisladores, el TJE, dará resolución a los recursos de apelación, requerimientos y la implementación de una nueva figura “negativa ficta electoral”.
“Negativa Ficta Electoral procede cuando el órgano competente no emite resolución en el término legalmente establecido o en caso de no contemplar un término de 20 días hábiles contados a partir de la presentación del primer escrito”, cita el artículo 54 de la ley.
Dentro de la ley establece dentro de su artículo 91 instruir a la Secretaría de Finanzas (Sefin) brindar el apoyo técnico-administrativo y presupuestario a efecto de cumplir con su rol Constitucional.