Honduras

Aplicarán más restricciones y controles en centros penales de Honduras

Varios cambios sufrirá la Ley del Sistema Penitenciario Nacional, entre ellas un registro de faltas y otras novedades

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10.10.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Una mayor restricción a las visitas y comunicaciones para los privados de libertad se aplicará con el establecimiento de criterios de clasificación de riesgo, otorgándole las facultades a la Dirección del Instituto Nacional Penitenciario (INP).

Esta es una de las reformas planteadas a la Ley del Sistema Penitenciario Nacional contentiva en el decreto 64-2012, a las que tuvo acceso exclusivo EL HERALDO, y que buscan asegurar un mejor control así como un correcto funcionamiento de las cárceles existentes en todo el país.

La modificación al artículo 83 de esta normativa contempla que “para efectos de determinar la forma de comunicación que se le concede a una persona privada de libertad se faculta a la Dirección Nacional establecer los criterios de clasificación del riesgo para aplicar mayor restricción a la forma de las visitas y comunicación”.

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La identificación del origen y destino de la llamada; control y monitoreo efectivo de las comunicaciones, delimitar los números telefónicos permitidos, verificados y controlados por la administración; el uso de softwares (programas informáticos) que permita el control de las llamadas se incluirán en estos criterios, como parte de la disposición.

El cambio de fondo de este artículo subraya que las personas privadas de libertad tienen derecho a comunicarse periódicamente en forma oral al igual que escrita con sus familiares, allegados como también abogados defensores en los días, horas establecidas y en la forma que autoricen los reglamentos.

21,683

privados de libertad se
contabilizan en los 25
penales y sus anexos.

“En todo caso, la comunicación deberá ser con fines positivos que contribuyan con los procesos progresivos de rehabilitación de la persona privada de libertad, siendo un derecho revocable en caso de que la comunicación no persiga ese fin”, enfatiza la enmienda.

Un total de 14 artículos son modificados mediante un proyecto de decreto promovido por el Poder Ejecutivo y que ya fue entregado al Congreso Nacional para que próximamente sea dictaminado por una comisión especial. Además, se añade el literal A a los artículos 31 y 61, y el inciso C al artículo 98.

Registro de faltas

Un registro de las faltas cometidas y sanciones impuestas a todos los privados de libertad se deberá llevar en el expediente individual de los reclusos de cada establecimiento penitenciario, reflejando su comportamiento interno durante el cumplimiento de la condena o su condición de procesado, conforme al cambio propuesto al artículo 55 de la normativa.

De acuerdo con la enmienda al artículo 63, “la Dirección Nacional del Instituto Nacional Penitenciario establecerá los horarios de las actividades que se desarrollan dentro de los establecimientos penitenciarios orientadas al aseguramiento y promoción del bienestar psicofísico de las personas internas, incluyendo los horarios de alimentación y aseo personal”.

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Estos horarios son de estricto cumplimiento por parte de los directores de los establecimientos penitenciarios, agrega.

Mientras que para el traslado de personas internas que cumplan condena de un establecimiento penitenciario a otro, indica que debe de ser comunicado al juez de ejecución con al menos 24 horas de antelación.

Por razones de seguridad se exceptúan los traslados de personas privadas de libertad calificadas de alta peligrosidad o agresividad, debiendo comunicar al juez de ejecución dentro de los tres días siguientes de realizado el traslado, puntualiza la misma disposición con el cambio efectuado.

Castigo

Ahora, quienes de forma ilícita introduzcan o intenten meter en cualquier tipo de centro penal objetos prohibidos e ilegales hasta equipo o medios de telecomunicación que permitan la emisión y recepción de datos, voz o imágenes debe ser castigado con la pena de tres a cinco años de prisión, según la incorporación del literal A al artículo 61.

Destaca que “con la misma pena señalada en el párrafo anterior será sancionado quien facilite, proporcione o transmita señal inalámbrica de redes de telecomunicación desde espacios cercanos o perímetros de los establecimientos penitenciarios hacia el interior de estos”.

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En caso de que estas acciones sean cometidas por funcionarios o empleados del INP se deberá de imponer también la pena de inhabilitación absoluta por el doble del tiempo que dure la reclusión.

Serán establecimientos destinados a la
retención y custodia de personas bajo
detención judicial, personas procesadas a
quienes se haya decretado prisión
preventiva por orden judicial o al
cumplimiento de las penas privativas
de la libertad.

Centros de reclusión

El cambio obedece a los recurrentes casos en donde familiares directos de privados de libertad han intentado introducir droga, incluso teléfonos satelitales en cárceles de máxima seguridad. En algunos casos, estas personas capturadas en el acto se les acusa por el delito de facilitación para medios de transporte de tráfico de drogas, cuya pena es fiable.

En otras circunstancias, los inculpados son sometidos a trabajo comunitario por la autoridad competente. Aquellos reclusos calificados como de alta peligrosidad o agresividad únicamente podrán beneficiarse de los regímenes especiales de preliberación o libertad condicional “cuando su expediente personal acredite un desarrollo positivo en los grados del Programa de Tratamiento Progresivo Individual así como una alta participación en programas productivos y de educación durante el cumplimiento de la condena”, señala el literal C que se adicionará al artículo 98 de la legislación.

El secretario de la Presidencia, Ebal Díaz, sostuvo que “si consolidamos estas reformas estaremos salvando anualmente, impidiendo la manipulación y todas las órdenes que dan los reos de alta peligrosidad a las estructuras criminales afuera, cerca de 1,800 vidas”.

La próxima semana se tendría listo el dictamen de este conjunto de cambios para que se proceda a su discusión y aprobación en el CN, anunció el secretario del Poder Legislativo, Tomás Zambrano.

Foto: El Heraldo