TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Todos los padres que no reconozcan a sus hijos y se nieguen a pagarles una manutención ingresarán a una base datos que será pública.
La reforma hecha por el Congreso Nacional a la Ley Especial de Maternidad y Paternidad Responsable establece que se creará el Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos. Lo anterior es con el propósito de garantizar una intervención de oficio de la Fiscalía para el cumplimiento de la obligación alimentaria a favor de los menores.
Según el reglamento de la citada ley, elaborado por la Secretaría de Derechos Humanos, al que tuvo acceso EL HERALDO, esa entidad estará a cargo de un custodio de cada Juzgado de Familia del Poder Judicial. El acceso a la información de esa unidad es gratuito y público.
El documento también señala que todo aquel padre que esté obligado a otorgar una pensión a su hijo por alimentación, estando firme la sentencia, será inscrito a la base de datos si se atrasa con el pago de tres meses continuos o cinco alternos.
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Certificado
Los padres de familia que hayan sido demandados en el Juzgado de Familia deberán tramitar su certificado libre de deuda alimentaria.
Las personas inscritas al Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos deberán presentar ese certificado ante las instituciones públicas o privadas para realizar trámites, según el documento.
Sin ese certificado que les extenderán en el juzgado no podrán realizar lo siguiente: solicitudes de apertura de cuentas bancarias, otorgamiento o renovación de tarjetas de crédito y cualquier otra transacción bancaria.
Asimismo, para la habilitación para la apertura de comercios o industrias, solicitud del pasaporte. De igual forma, el trámite de licencia de conducir y renovarla. Los juzgados deben extender de forma gratuita ese certificado.
El reglamento de la ley vigente establece que todos los Juzgados de Letras de Familia deben comunicar al Registro de Deudores Alimentarios Morosos el listado de los padres morosos en los primeros cinco días de cada mes.
La reforma a la ley permite al Ministerio Público a actuar de oficio y obligar a los padres irresponsables que cumplan con sus obligaciones con sus hijos.
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