TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Los propietarios de inmuebles con
valor patrimonial y cultural, pueden solicitar una autorización realizar una
construcción o remodelación.
Según el Plan de Arbitrios de la Alcaldía Municipal, corresponde a la Gerencia del Centro Histórico dictaminar como favorable o desfavorable una intervención ya sea en un inmueble inventariado o no.
En ese sentido, todos los propietarios que necesiten obras (construcción, remodelación o demolición), apertura de negocios o renovación de permisos tiene que presentarse a la gerencia en mención.
En el lugar, el dueño o representante legal, tendrá que mostrar la respectiva clave catastral municipal del lote donde se pretenda actuar y así conocer los lineamientos que regirán dichos trabajos y no incurrir en casos que contravengan el Reglamento de Manejo del centro histórico.
Seguido, en el caso de autorización pertinente de acuerdo a la clasificación del inmueble en el Inventario del Patrimonio Cultural de la Nación y se darán los lineamientos por cada situación.
1) Autorización de intervención de inmuebles edificios inventariados y no inventariados.
2) Autorizaciones Especiales.
3) Autorización para la demolición de un edificio.
4) Autorización de instalación de rótulos.
5) Autorización de compatibilidad (apertura y renovación).
6) Autorización de uso de espacios públicos.
7) Autorización de uso publicidad auditiva.
8) Autorización para pintar fachadas de inmuebles.
En el caso de un inmueble inventariado son diez mil lempiras, si no está dentro del inventario el monto es de tres mil lempiras.
En el caso de demoliciones, la ley vigente, detalla que el procedimiento inicia en la Gerencia del Centro Histórico con el apoyo del Instituto Hondureño de Antropología e Historia (IHAH) con la aprobación de la Gerencia de Control de la Construcción y se pagarán los siguientes montos:
A) Trescientos lempiras (L. 300.00) por áreas menores de 250 metros cuadrados.
B) Ochocientos lempiras (L. 800.00) por áreas de 250 a 500 metros cuadrados.
C) Un mil Quinientos lempiras (L. 1,500.00) por áreas mayores de 500 metros cuadrados.
Hay que destacar que si los responsables del inmueble carecen del permiso, pagarán una multa de un seis por ciento sobre el valor catastral del inmueble.
Según la Alcaldía Municipal, las fachadas exteriores de las edificaciones inventariadas o no, deberán pintarse uniformemente con los colores autorizados en la cartilla de la Gerencia del Centro Histórico y el IHAH.
El precio para solicitar una autorización de pintar una fachada son 200 lempiras. Hay que destacar que aunque los inmuebles pertenezcan a diferentes propietarios o sean arrendados por diferentes personas, es prohibido fraccionar los inmuebles con diferentes colores.
1. Prohibido cubrir con pintura elementos arquitectónicos de piedra tallada característicos de la ciudad como: balcones, cornisas, alfices en vanos, alfeizares, batientes, ménsulas, portadas, columnas adosadas, claves, etc…
2. Es prohibido pintar publicidad sobre las fachadas, cortinas metálicas de puertas y ventanas las que deberán pintarse totalmente de la forma que se integren al color del edificio.
3. El incumplimiento de la presente disposición dará lugar a una multa de cinco mil lempiras, para edificios inventariados y no inventariados.
4. Los sancionados tendrán un plazo de quince días para corregir la fachada.
Según el Plan de Arbitrios de la Alcaldía Municipal, corresponde a la Gerencia del Centro Histórico dictaminar como favorable o desfavorable una intervención ya sea en un inmueble inventariado o no.
En ese sentido, todos los propietarios que necesiten obras (construcción, remodelación o demolición), apertura de negocios o renovación de permisos tiene que presentarse a la gerencia en mención.
En el lugar, el dueño o representante legal, tendrá que mostrar la respectiva clave catastral municipal del lote donde se pretenda actuar y así conocer los lineamientos que regirán dichos trabajos y no incurrir en casos que contravengan el Reglamento de Manejo del centro histórico.
Seguido, en el caso de autorización pertinente de acuerdo a la clasificación del inmueble en el Inventario del Patrimonio Cultural de la Nación y se darán los lineamientos por cada situación.
Tipos de autorización
Los tipos de autorizaciones que deberán ser emitidos por la Gerencia del Centro Histórico, previo a los permisos municipales correspondientes son las siguientes:1) Autorización de intervención de inmuebles edificios inventariados y no inventariados.
2) Autorizaciones Especiales.
3) Autorización para la demolición de un edificio.
4) Autorización de instalación de rótulos.
5) Autorización de compatibilidad (apertura y renovación).
6) Autorización de uso de espacios públicos.
7) Autorización de uso publicidad auditiva.
8) Autorización para pintar fachadas de inmuebles.
Pagos
En el caso de realizar modificaciones, ampliaciones, reparaciones u otras obras sin los dictámenes favorables para el desarrollo de las mismas los dueños tendrán que pagar multas entre tres y diez mil lempiras.En el caso de un inmueble inventariado son diez mil lempiras, si no está dentro del inventario el monto es de tres mil lempiras.
En el caso de demoliciones, la ley vigente, detalla que el procedimiento inicia en la Gerencia del Centro Histórico con el apoyo del Instituto Hondureño de Antropología e Historia (IHAH) con la aprobación de la Gerencia de Control de la Construcción y se pagarán los siguientes montos:
A) Trescientos lempiras (L. 300.00) por áreas menores de 250 metros cuadrados.
B) Ochocientos lempiras (L. 800.00) por áreas de 250 a 500 metros cuadrados.
C) Un mil Quinientos lempiras (L. 1,500.00) por áreas mayores de 500 metros cuadrados.
Hay que destacar que si los responsables del inmueble carecen del permiso, pagarán una multa de un seis por ciento sobre el valor catastral del inmueble.
Según la Alcaldía Municipal, las fachadas exteriores de las edificaciones inventariadas o no, deberán pintarse uniformemente con los colores autorizados en la cartilla de la Gerencia del Centro Histórico y el IHAH.
El precio para solicitar una autorización de pintar una fachada son 200 lempiras. Hay que destacar que aunque los inmuebles pertenezcan a diferentes propietarios o sean arrendados por diferentes personas, es prohibido fraccionar los inmuebles con diferentes colores.
Observaciones
Además de fraccionar los inmuebles con diferentes colores, la comuna plantea las siguientes disposiciones:1. Prohibido cubrir con pintura elementos arquitectónicos de piedra tallada característicos de la ciudad como: balcones, cornisas, alfices en vanos, alfeizares, batientes, ménsulas, portadas, columnas adosadas, claves, etc…
2. Es prohibido pintar publicidad sobre las fachadas, cortinas metálicas de puertas y ventanas las que deberán pintarse totalmente de la forma que se integren al color del edificio.
3. El incumplimiento de la presente disposición dará lugar a una multa de cinco mil lempiras, para edificios inventariados y no inventariados.
4. Los sancionados tendrán un plazo de quince días para corregir la fachada.