Tegucigalpa

¿Cuáles son los requisitos para formalizar un patronato?

Para la formación de un patronato se necesitan como mínimo 30 personas que vivan en una comunidad
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¿Cuáles son los requisitos para formalizar un patronato?
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TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El patronato es la autoridad local de la comunidad que vigila y gestiona las necesidades que se presenten para darlas a conocer a la Alcaldía u otra institución pública con competencia para dar respuesta.

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Según la Ley de Patronatos y Asociaciones Comunitarias, en su artículo 2, esta organización “es la forma jurídica de asociación en que las comunidades asentadas en un espacio físico determinado se organizan para la búsqueda del bien común, la autogestión de sus comunidades y la defensa de sus intereses”.

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El artículo 4 de esta misma ley menciona que pueden ser miembros los ciudadanos que residen en la comunidad y que tengan interés de servir a la misma.

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¿Cómo formar un patronato?

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El jefe de la Gerencia de Organización Comunitaria de la Alcaldía Municipal del Distrito Central, German Villalobos, explicó que para formar un patronato desde cero, es decir, que nunca haya existido y no tenga personería jurídica, en primer lugar, se debe convocar a la comunidad (debe asistir un mínimo de 30 habitantes) para formar un patronato provisional, luego este será quien solicite la personería jurídica que acredita que está legalmente constituido.

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Pasos para la personería

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Para solicitar la personería jurídica, el patronato provisional tiene que dar a conocer la naturaleza de la tierra (urbana, rural, nacional, ejidal) donde se encuentra el asentamiento humano.

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Seguidamente, la directiva provisional verificará que las personas vivan en esa colonia lotificada.

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Luego tienen que realizar una asamblea para elegir a los diez directivos: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, fiscal, cinco vocales y diez testigos, estos se juramenta en la Alcaldía.

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Por otro lado, en la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización cada uno de los miembros de esta nueva directiva y testigos tienen que presentar constancias de vecindad, solvencia municipal, antecedentes penales y estatutos del patronato.

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La duración de la solicitud de la personería dependerá de cuánto tiempo tengan los documentos y el trámite en Gobernación.

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