Lo anterior, pese a que desde el 23 de mayo de 2020, entró en vigencia el decreto legislativo 58-2020 luego de su publicación en el diario oficial La Gaceta número 35,216.
“Es obligatorio el uso de mascarilla o cubrebocas para todas las personas sin excepción alguna que deambulen en la calle”, es parte de lo dispuesto en el artículo 1 del citado decreto.
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Sanciones
La Secretaría de Seguridad es la encargada de fiscalizar y sancionar el incumplimiento de la citada ley. Además, el artículo 6 cita que la Policía Nacional puede establecer convenios con las autoridades locales para la ejecución del trabajo comunitario.EL HERALDO buscó la reacción de la Policía Municipal y su portavoz Josué Esperanza afirmó que hasta la fecha no han recibido instrucciones de esa institución para apoyar con las sanciones como trabajo comunitario.
“Existe la ley, pero no se ha aplicado. Nosotros solo sancionamos a propietarios de negocios cuando incumplen los protocolos de bioseguridad. Realmente, nunca se ha sancionado a una persona directamente por no portar una mascarilla en la capital”, aseguró.
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De su lado, Rebeca Martínez, portavoz de la Secretaría de Seguridad, confirmó que como institución rectora de hacer velar por el cumplimiento del decreto 58-2020 no cuentan con un registro oficial de sanciones ni detenciones que se haya aplicado a capitalinos por no usar el tapabocas en espacios públicos y otros que establece el decreto.
“El tema de las mascarillas quedó inconcluso porque no tiene sanciones ni multas y no se tipificó. Entonces se hace de manera preventiva en la capital y el resto del país. Su uso (mascarillas) es solo preventivo porque es una decisión personal”, fue la explicación que dio la funcionaria.
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