Los propietarios de vehículos cuyas placas terminan en 2 y 3 ya pueden acudir a las diferentes entidades bancarias del país autorizadas para realizar el pago de su matrícula.
En el caso de los dueños de vehículos con placas que terminan en 0 y 1 y que no ejecutaron su pago en la fecha correspondiente, pueden hacerlo pagando una multa de L 500.00, que se aplica el primer mes de retraso.El pago de matrícula comenzó en julio tomando como base las terminaciones de las placas.
Cada mes le corresponde pagar a dos números, por lo que en este mes de agosto es el turno de pagar para los vehículos cuyas placas finalizan en 2 y 3 y así sucesivamente dos números por mes. A las terminaciones 4 y 5 les corresponde hacer el pago el mes de septiembre; 6 y 7 en octubre; 8 y 9 en noviembre; los vehículos y motos nacionales de julio a diciembre; y los remolques, motos y exentos en diciembre.
¿Adónde pagar?
El pago de la tasa se puede realizar en el sistema bancario autorizado. Para mayor comodidad y rapidez, puede utilizar los servicios en línea del banco de su preferencia.
Recomendación: exija el comprobante de pago de la Tasa Única Anual por Matrícula de Vehículos firmado y sellado por el cajero del banco.
¡Cuidado con las multas!
En el caso de los vehículo, las multas que se aplican son de L 500.00 el primer mes de retraso, al mes siguiente la multa se incrementa en L 250.00 más y así sucesivamente hasta llegar a un máximo de 3,000.00 lempiras.
Para las motocicletas, el primer mes de retraso la multa es de L 50.00 lempiras, el siguiente mes otros L 50.00 hasta llegar a un máximo de L 200.00.
Inconvenientes
De presentarse problemas por diferencias con adeudos de períodos anteriores, acuda a la oficina de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) de su localidad para obtener mayor información.
Nota: para todo tipo de trámite de vehículo, el contribuyente debe tener su RTN numérico. Es deber de todo dueño de vehículo portar su documentación en regla, si es su turno, acuda de inmediato a la agencia bancaria de su preferencia para pagar su matrícula anual; no lo deje para última hora, recuerde que a la hora de un operativo le pedirán su revisión y esta debe estar vigente.
Importacion
Vehículos.
Según el decreto No. 17-2010, queda prohibida la importación de vehículos terrestres con más de diez (10) años de uso y los autobuses, camiones, cabezales, volquetas y pick up de trabajo con más de trece (13) años de uso; asimismo, la importación de vehículos reconstruidos, título de vehículo irreparable o chatarra.