Economía

El CN baja a $600 millones emisión de bono soberano para pagar deuda de la ENEE

Los diputados también aprobaron el jueves medidas para que a los enfermos renales se les siga brindando su tratamiento durante la emergencia por el Covid-19

29.05.2020

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Bajo cuestionamientos de varios diputados, el Congreso Nacional aprobó el jueves una reforma al decreto legislativo 128-2019 sobre la emisión de bonos soberanos en el mercado internacional de capitales para cubrir deudas de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE).

De 700 a 600 millones de dólares (más de 15,000 millones de lempiras) se redujo la suma de estos títulos emitidos por el gobierno. Además, un monto adicional de 200 millones de dólares para gestión de pasivos de los bonos soberanos externos pasa a ser indefinido.

“Los recursos colocados serán destinados para realizar gestión de pasivos de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica en el marco de la reforma del sector energía que pudiera comprender reperfilamiento de las deudas, pago anticipado de títulos valores emitidos, préstamos y cualquier otra obligación contratada por dicha empresa estatal”, subraya la modificación a la disposición.

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Añade que los recursos serán otorgados a la ENEE a través de un convenio de préstamo reasignado en las mismas condiciones que se coloquen, incluidos costos y gastos asociados de la colocación y bajo los lineamientos establecidos por la Secretaría de Finanzas (Sefin).

Además, esta entidad del Estado podrá contratar los servicios de un fiduciario y agente de custodia para la colocación de esos bonos, se menciona en las últimas líneas del cambio.

La titular de Finanzas, Rocío Tábora, manifestó que “lo que estamos haciendo es una modificación interna del decreto para esta movilización de 600 millones de dólares en el mercado internacional; es un dinero que entra a usarse en el marco de una estrategia de implementación de la ley del sector eléctrico”.

Otros proyectos

Tras un amplio debate y respaldo casi unánime, se admitió un proyecto con el que se garantizará la continuidad al igual que la gratuidad del tratamiento de hemodiálisis y diálisis peritoneal para los pacientes con insuficiencia renal en todo el país durante la emergencia por el Covid-19.

El decreto contentivo de las medidas temporales en beneficio de los enfermos renales establece que la Secretaría de Salud en coordinación con la empresa encargada de la prestación de servicios de diálisis remitidos por el Hospital Escuela (HE) y el hospital Mario Catarino Rivas deben asegurarse que todos los pacientes reciban el tratamiento correspondiente y “sin discriminación para aquellas personas que hayan sido diagnosticadas como portadores de coronavirus”.

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Una interpretación al artículo 26 de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión también fue aprobada en la reunión remota para que una persona jurídica acogida a un régimen especial se fusione por absorción con otra empresa que esté en un régimen distinto.

El segundo párrafo del artículo 5 de las enmiendas a la Ley de Zonas Libres se interpretó mediante el mismo proyecto en el sentido que “todos los procesos o solicitudes iniciados previo a la vigencia y cuya tramitación está pendiente deben adecuar su procedimiento y sustanciación siempre que los mismos no cuenten con una resolución definitiva en la Secretaría de Desarrollo Económico”.

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