El reto que enfrenta esta nación empobrecida será pagar ese servicio de deuda pública, pues para ello pretende hacerlo con 22,165 millones de lempiras provenientes del Tesoro Nacional, y 19,167 millones de fuentes externas, que sumarán los 41,362 millones de lempiras que ya están en el Presupuesto General de la República para 2021.
Los fondos provenientes para pagar el 46% de la deuda externa en 2021 provedrán de las fuentes externas, es decir, contratación de más préstamos.
Aunque la deuda externa variará en lo que resta del año, lo que está claro es el pago de los 41,362 millones de lempiras que se debe hacer para 2021 y que saldrá de los 288,145 millones de lempiras destinados a financiar al gobierno.
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Es de resaltar que hasta el momento ninguna institución del gobierno consume tanto presupuesto como el servicio a la deuda pública, y considerando el próximo año como de grandes limitantes económicas producto de la crisis consuetudinaria más los efectos del coronavirus, este pago será un enorme desafío para el gobierno.
Luego del renglón de la masa salarial pública, el pago de la deuda externa se convierte en el segundo de gasto o inversión, y es por ello que el gobierno, en un afán de honrar esos compromisos, pretende pagar el 46% de esa deuda con más deuda.
El Banco Central de Honduras (BCH) establece que a julio anterior el gobierno adeudaba 8,954.8 millones de dólares, 16.3% superior a lo contabilizado a diciembre de 2019.
Sin embargo, para contratar la nueva deuda que servirá para financiar la vigente, en el artículo 51 de proyecto de Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2021, establece que 'para efectos de la contratación de financiamiento externo que se considere necesario y no se encuentre fuente financiera que permita la concesionalidad ponderada requerida; se podrá contratar deuda no concesional, siempre y cuando la cartera de deuda externa total vigente mantenga una concesionalidad ponderada mínima del 20%'.
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Además, el artículo 52 establece que 'el endeudamiento público autorizado mediante emisión de bonos y obtención de préstamos es de carácter fungible y por lo tanto podrá redistribuirse cuando existan condiciones financieras y de mercado que propicien dicha fungibilidad de fuente interna a externa y viceversa'.
'Por otra, en lo que respecta al mercado interno o externo, tipo de moneda, plazos y demás términos que impacten el financiamiento, siempre y cuando no exceda el monto autorizado en la presente Ley para lo cual deberán hacerse las modificaciones presupuestarias correspondientes', indica.
Entre tanto, el artículo 56 del proyecto de Presupuesto 2021, autoriza a la Secretaría de Finanzas, para que, de estimar conveniente, emita en el mercado internacional de capitales bonos soberanos de la República de Honduras con cargo al monto de endeudamiento autorizado en el presente presupuesto, bajo la modalidad de reapertura o nueva emisión y las condiciones financieras imperantes en el mercado en el momento de la negociación, pudiendo colocarse con prima, descuento o a la par.
Sefin se reserva el derecho a elegir el momento de realizar la operación, de acuerdo con las necesidades de recursos y las condiciones del mercado'.
En el mismo tema, el artículo 57 señala que cuando se trate de operaciones de bonos soberanos externos, referida en los artículos 47 y 56 de esta Ley, se faculta a Finanzas a contratar directamente los siguientes servicios: uno o más bancos de inversión especializados en la estructuración, comercialización, fijación de precios, colocación de bonos soberanos, firmas de corretajes, asesoría financiera o legal, empresas de impresión de la circular de oferta, entre otras.
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