Demandan al TSC investigar pago selectivo de doble aguinaldo en el Pani
Expertos y sociedad civil tildan de ilegal que funcionarios de confianza, como los directores o ministros, recibieran el pago único, porque tienen altos salarios y todos los beneficios que establece el código de trabajo
- 25 de febrero de 2025 a las 00:00

Tegucigalpa, Honduras.- El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) debe investigar los abusos cometidos en el Patronato Nacional de la Infancia (Pani), donde la directora y sus subalternos recibieron un salario adicional en Navidad de 2024, es decir, un segundo aguinaldo.
La Unidad Investigativa de EL HERALDO Plus reveló los millonarios pagos durante la temporada navideña, mismos que se desembolsaron a dos grupos de trabajadores allegados al partido de gobierno.
La primera lista está integrada por 56 trabajadores permanentes, en los cuales se erogaron una suma de 1,840,331.90 lempiras, establecen los documentos en poder de este medio.
La segunda lista corresponde a 14 empleados por contrato, a los que en total se les acreditaron 215,104.10 lempiras.
La suma del pago único para las autoridades del Pani y sus empleados allegados representa más de dos millones de lempiras garantizándoles una “feliz Navidad” el año anterior.
Varios sectores y expertos consultados calificaron este tipo de acciones como “ilegales y abusivas” por parte de los funcionarios del Estado, mismas que deben ser investigadas por el TSC.

Juan Carlos Aguilar, director de Democracia y Transparencia de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), calificó la acción de irresponsable y abusiva por parte de las autoridades del Pani, ya que no existen argumentos legales para poder darse ese tipo de pagos.
“Lo que se tiene que hacer es que el propio Tribunal Superior de Cuentas elabore, de una u otra manera, una investigación y que se deduzcan las responsabilidades del caso, ya sea civil o administrativa, y que se busque el retorno de esos dineros que fueron erogados del Pani”, declaró.
Aguilar también resaltó que considerando la situación actual del país, y la cantidad de personas que no tienen un empleo formal, no es correcto que vengan estas personas a darse un pago extra, cuando ya en el mes de diciembre reciben un décimo tercer salario por derechos laborales.
Puestos de confianza
La situación es peor cuando son los directores de las instituciones públicas quienes gestionan este tipo de beneficios, ya que en el Pani fue la titular, Ana Julia Arana, la que promovió el incentivo, aduciendo que ella y 69 empleados más, no gozan de los beneficios del Sindicato de Trabajadores del Pani (Sitrapani).
“En ese caso, además de los reparos que se deben realizar para cobrar el dinero, mínimo se debería de exigir la renuncia de estas personas, y si no, la presidenta Xiomara Castro los debería de remover de sus cargos”, recomendó Aguilar.

Es de tomar en cuenta el ejemplo que dan los funcionarios de la actual administración, porque son las cabezas de las instituciones las que están realizando este tipo de acciones al margen de la ley, aprovechándose del erario público, reprochó.
Para Aguilar, quien debe asumir un rol más enérgico y auditor en este tipo de casos es el TSC, debido a que existe evidencia de los abusos, pero el ente auditor no genera esos impactos que debería realizar, sobre todo, cuando hay denuncias como la realizada por EL HERALDO Plus.
El trabajo del TSC es supervisar la ejecución de fondos públicos a posteriori, como lo establece la Constitución de la República, pero está quedando a deber, aseguró.
El problema es que desde hace mucho tiempo el TSC no emite auditorías con pliegos de responsabilidad, con las debidas sanciones a los funcionarios que no están cumpliendo con las leyes.
La información proporcionada por el Pani a EL HERALDO Plus, a través de la solicitud de información SOL-PANI-77-2025, establece que la Secretaría de Finanzas autorizó la modificación presupuestaria por 1.8 millones de lempiras el 16 de diciembre de 2024, a pocos días de celebrarse las fiestas navideñas.
Ante esto se trató de contactar el ministro de Finanzas, Christian Duarte, a quien se le llamó a su celular y se le mandó mensajes, pero hasta la publicación de este artículo no daba respuesta a las consultas.
Investigaciones
Yuri Mora, jefe de comunicaciones del Ministerio Público (MP), dijo vía mensaje de WhatsApp, que ese tipo de investigaciones, para determinar si existe una falta penal o administrativa, corresponde al TSC.

En tanto, las autoridades del TSC, consultadas por EL HERALDO Plus, al cierre de esta edición todavía no daban una respuesta si tomarían alguna acción de oficio para auditar las acciones que se están tomando por los ejecutivos del Pani.
Germán Leitzelar, experto en derecho laboral, explicó que es ilegal que los funcionarios de confianza del Estado apliquen para su beneficio este tipo de pagos selectivos.
Explicó que el contrato colectivo se aplica a los empleados en general, de conformidad al artículo 265 de la Constitución de la República, pero los funcionarios y directores están excluidos de la contratación colectiva y de sus beneficios.
Los funcionarios de confianza deben ser regulados por el Código Trabajo y al no gozar de los derechos de los trabajadores sindicalizados, no implica que se puedan otorgar beneficios fuera de los presupuestos aprobados en el Congreso Nacional.
Ante la justificación de la directora, de que ella no recibirá prestaciones laborales al dejar el cargo, Leitzelar señaló que eso no es justificación, porque ella es funcionaria pública de confianza.
En la sección de remuneración de empleados, del portal de transparencia del Pani, no aparecía, hasta inicios del mes de febrero, el pago único que se hizo a los 70 empleados, mismos que fueron contratados en la administración del partido Libertad y Refundación (Libre).
Lucy Hernández, comisionada del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), declaró que dentro del portal de transparencia se publica la planilla de los empleados con los diferentes complementos.
Citó, como ejemplo, que si una institución tiene su decimotercero, decimocuarto o pago de bonificaciones por x o y motivo, o cuando tienen sus vacaciones o gastos de representación, ahí se ve reflejado todo eso.

En ese sentido, dijo que “si (el Pani) hizo ese pago, debe de estar publicado, nosotros no valoramos si era legal o no, que se pagará doble decimotercero, pero si se pagó, debería de estar publicado”.
Sanciones
Cuando las instituciones no publican toda la información, el IAIP inicia de oficio un proceso sancionatorio y se aplica una gradualización de la sanción.
Por ejemplo, si es primera vez que se le sanciona al Pani, puede ir de una amonestación por escrito hasta 50 salarios mínimos, según sea la gradualidad en el incumplimiento de la sanción.
Entonces, “es una valoración, eso se llama la prueba del daño. La prueba es una valoración de cuál es el daño causado por la omisión y la intencionalidad. ¿Se hizo con intención o se hizo por error?, se valora todo ese tipo de situaciones”, explicó.
El Pani tiene una planilla de 200 empleados, de estos, 70 que son parte de las filas del actual gobierno, recibieron un salario más en el mes de diciembre de 2024, al cual las autoridades llamaron como pago único.
Jaime Rodríguez, viceministro de educación e integrante del Consejo Directivo del Pani (Codipani), dijo a EL HERALDO Plus que para no especular iba a buscar las actas de las reuniones, pero no supo explicar si ellos, como máxima autoridad, aprobaron el pago único para los 70 empleados.

“Lo que puedo hacer es buscar las actas y responderle a usted de forma documentada, porque hay reuniones a las que uno por múltiples ocupaciones no asiste, pero yo se lo averiguo”, justificó el funcionario, quien dijo que cuando las tuviera las compartiría, pero añ cierre de esta edición no había enviado la documentación.