Orgullo nacional
TEGUCIGALPA, Honduras
El Congreso Nacional de Honduras aprobó por mayoría de votos un decreto que obliga a los padres que se encuentran en otro país a cumplir con la alimentación de sus hijos.
El acuerdo 25 DGTC del 10 de noviembre de 2014 que contiene la ratificación de un tratado internacional, aprobado con dispensa de dos debates, ha sido ratificado en el marco del Día del Niño en Honduras.
Se trata de un convenio sobre el cobro de alimentos para niños y otros miembros de la familia suscrito por 68 Estados y la Unión Europea en La Haya, Holanda, el 23 de noviembre de 2007, 'y que es muy importante porque Honduras carece de una normativa para obligar a padres irresponsables que radican en otros países a cumplir con la responsabilidad de brindar alimentos a sus hijos', señala el Legislativo.
El decreto establece un sistema completo de cooperación entre las autoridades de los Estados contratantes para garantizar la eficacia del cobro internacional de alimentos para niños y otros miembros de la familia.
Permite, además, la presentación de solicitudes en materia de alimentos, garantiza el reconocimiento y la ejecución de las decisiones para tal efecto; y exige medidas efectivas para una rápida ejecución.
Se aplicará el convenio a las obligaciones alimenticias a favor de una persona menor de 21 años derivadas de una relación paterno-filial.
El Congreso Nacional de Honduras aprobó por mayoría de votos un decreto que obliga a los padres que se encuentran en otro país a cumplir con la alimentación de sus hijos.
El acuerdo 25 DGTC del 10 de noviembre de 2014 que contiene la ratificación de un tratado internacional, aprobado con dispensa de dos debates, ha sido ratificado en el marco del Día del Niño en Honduras.
Se trata de un convenio sobre el cobro de alimentos para niños y otros miembros de la familia suscrito por 68 Estados y la Unión Europea en La Haya, Holanda, el 23 de noviembre de 2007, 'y que es muy importante porque Honduras carece de una normativa para obligar a padres irresponsables que radican en otros países a cumplir con la responsabilidad de brindar alimentos a sus hijos', señala el Legislativo.
El decreto establece un sistema completo de cooperación entre las autoridades de los Estados contratantes para garantizar la eficacia del cobro internacional de alimentos para niños y otros miembros de la familia.
Permite, además, la presentación de solicitudes en materia de alimentos, garantiza el reconocimiento y la ejecución de las decisiones para tal efecto; y exige medidas efectivas para una rápida ejecución.
Se aplicará el convenio a las obligaciones alimenticias a favor de una persona menor de 21 años derivadas de una relación paterno-filial.
Además, 'al reconocimiento y ejecución de una decisión sobre obligaciones alimenticias entre cónyuges y excónyuges cuando la solicitud se presente conjuntamente con una demanda comprendida en el ámbito de aplicación del subapartado y a las obligaciones alimenticias entre cónyuges y excónyuges'.
Las disposiciones del convenio se aplicarán a los niños independientemente de la situación conyugal de sus padres, puntualiza la información.