TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El Congreso Nacional aprobó esta noche, en primer debate, la ampliación del período de los períodos pre y postnatal para las mujeres embarazadas.
La iniciativa reforma el artículo 135 del Título III, Capítulo I, del Decreto Número 189-59, contentivo del Código del Trabajo.
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“Toda trabajadora en estado de gravidez gozará de una licencia de maternidad, retribuido del mismo modo que su trabajo, durante las siete semanas que precedan al parto y las once posteriores al parto, y conservará el empleo y todos los derechos correspondientes a su contrato de trabajo”, señala la enmienda.
En la actualidad, las mujeres gozan de 40 días antes y 40 después del parto.
El Congreso Nacional, también, busca otorgar una licencia a los padres antes y durante el nacimiento de sus hijos.
“El esposo o compañero permanente tendrá derecho a seis (días hábiles durante los días que preceden al parto y los diez que le siguen de licencia remunerada de paternidad, en ambos casos se deberá notificar al patrono con 14 semanas mínimo antes de la fecha probable del parto”, indica la reforma.
Establece que si se tratare de un salario que no sea fijo, como el caso de trabajos a destajo o por tarea se tomará en cuenta el salario promedio devengado en el último año de servicio, o en todo el tiempo si fuere menor. Para los efectos del descanso de que trata este Artículo, la trabajadora o trabajador debe presentar al patrono un certificado médico.
También, el padre acreditará su paternidad con la certificación de la correspondiente acta de nacimiento del menor, extendida por el Registro Nacional de las Personas, que indique los nombres de ambos progenitores y del recién nacido, la cual deberá presentar ante el patrono dentro de los diez días hábiles posteriores al nacimiento del niño.
El Congreso Nacional tiene previsto aprobar en un segundo y tercer debate la enmienda legal.