TEGUCIGALPA, HONDUAS.-El capítulo sobre la figura del beneficio premial que contempla el Código Procesal Penal sufriría ajustes, previo a la discusión y aprobación de la Ley de Colaboración Eficaz en el Congreso Nacional.
Así lo precisó el secretario del Poder Legislativo, Tomás Zambrano, quien afirmó que “tenemos figuras que se tienen que revisar en estos procesos como el beneficio premial, un capítulo nuevo en el Código Procesal Penal”.
“La figura establece que una persona condenada puede acogerse a este beneficio, dar información para desarticular bandas criminales, poder incautar bienes y a este se le rebaja la condena por la que fue sentenciado”, planteó.
El abogado mencionó que este y otro tipo de figuras penales se deberán de verificar como también regular y no coincidir con disposiciones similares que contempla la Ley de Colaboración que es promovida por la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih).
Cualquier cambio a un Código vigente requiere de la opinión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que pese a no ser vinculante es un requisito en base a ley.
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Utilización
“Actualmente esta figura de colaboración eficaz se puede utilizar y se ha utilizado, por lo que se tiene que revisar para ver si se va a ampliar”, indicó Zambrano.
Resaltó que el artículo 28 del Código Procesal Penal estipula el criterio de oportunidad que se le confiere a las personas involucradas en criminalidad organizada.
“El caso (del latrocinio) en el Seguro Social hay testigos protegidos que fueron colaboradores eficaces y con lo que se han obtenido muchas sentencias condenatorias”, mencionó el directivo del Congreso.