Honduras

Corte de Apelaciones rechaza recusación contra juez que conoce caso contra Marco Vallecillo

El tribunal devolvió el proceso al juez Colindres para que siga con el caso. Los magistrados argumentaron que la solicitud no cumplía con requisitos legales
22.08.2024

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Corte de Apelaciones en materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción, mediante decisión unánime, resolvió este jueves -22 de agosto- rechazar la solicitud de recusación presentada contra el Juez de Letras Juan Carlos Colindres, quien lleva el caso de extorsión en el que está involucrado el juez Marco Antonio Vallecillo.

Esta decisión se fundamenta en la falta de méritos suficientes en la solicitud presentada por la defensa, representada por el abogado Eric Frank Orellana.

El tribunal ha ordenado que el proceso penal continúe bajo la supervisión de Colindres, devolviéndole el conocimiento del caso. Las partes procesales han sido debidamente notificadas de esta resolución, que mantiene en marcha el juicio por extorsión en contra de Vallecillo, quien es acusado como coautor en el delito.

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En su fundamentación, los magistrados argumentaron que la solicitud de recusación no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 83 del Código Procesal Penal, que especifica que una causa legítima de recusación debe estar basada en una denuncia que acuse al juez de autoría o complicidad en un delito. Sin embargo, la denuncia presentada ante el CONADE fue catalogada como una queja de irregularidades procesales y no como una acusación penal formal.

La defensa de Vallecillo había intentado recusar al juez Colindres bajo el argumento de que sus derechos fundamentales habían sido vulnerados, pero el tribunal concluyó que las quejas presentadas no interrumpen ni suspenden los términos administrativos y judiciales establecidos por ley. Por lo tanto, la Corte de Apelaciones decidió mantener al juez Colindres al frente del proceso penal, confirmando así la legalidad y continuidad del procedimiento.

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Finalmente, se señala que, de acuerdo con la doctrina legal de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, una denuncia o acusación debe ser admitida por un órgano jurisdiccional competente para que pueda constituir una causa legítima de recusación.

Este no fue el caso en esta situación, por lo que la solicitud fue desestimada y el proceso continúa sin cambios.