Honduras

EEUU aclara que Cable Color no está bloqueada por OFAC

La empresa no está incluída en la lista negra de bienes bloqueados a los Rosenthal, aclaró la institución a los abogados de Yani

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01.04.2016

Tegucigalpa, Honduras
El Departamento del Tesoro de Estados Unidos aclaró este viernes que la empresa Cable Color no está incluida en la lista de bienes bloqueados a la familia Rosenthal.

La aclaración se hizo mediante una carta particular en inglés dirigida a los abogados de Yani Rosenthal, quien permanece en Estados Unidos mientras enfrenta un largo proceso judicial por las acusaciones de lavado activos.

'Cable Color ahora es propiedad mayoritaria de sus empleados y el único miembro de la familia Rosenthal con un porcentaje de participación en el negocio no es una de las tres personas designadas mencionadas anteriormente', dice el escrito en una traducción libre realizada por EL HERALDO.

Lo anterior hace referencia a Jaime Rosenthal, su hijo Yani y su sobrino Yankel, quienes fueron acusados por el gobierno americano por el delito de lavado de activos y bloquearon la mayoría de sus empresas al incluirlas en la lista de la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés).

En ese sentido, Estados Unidos aclara que 'bienes e intereses propiedad de Cable de Color no parecen ser bloqueadas debido a que no es una entidad designada; y no parece que el 50 por ciento o más de las acciones, ya sea directa o indirectamente, sean de cualquier persona o entidad designada, ya sea individualmente o en conjunto'.

Merece recordar que hace dos semana se desarrolló la audiencia preliminar contra Yani y Yankel en la Corte de Nueva York, donde se resolvió que la Fiscalía estadounidense debe presentar la acusación completa contra los empresarios y políticos, entre otras resoluciones.

Esta es la carta dirigida a los abogados de Yani Rosenthal:

Foto: El Heraldo

Foto: El Heraldo

La traducción del texto:
'Departamento del Tesoro
Washington., D.C 20220

Caso No. FNK-2015-324389-1 Juan P. Morillo Christine H. Chung Quinn Emanuel Urquhart & Sullivan, LLP 777 Sixth Street NW 11th Floor
Washington, DC 20001

Estimado Sr. Morillo y Chung: Esta carta responde a sus peticiones de 7 de diciembre, el año 2015 y 23 de marzo, 2016 para la Oficina de control de Activos extranjeros (OFAC), solicitando que la OFAC tema un comunicado que cable color, SA de CV ( “Cable Color”) no es una entidad cuya propiedad y derechos sobre bienes están bloqueados porque no es un Narcotraficante Especialmente Designado en virtud de la Ley de Designación de Cabecillas Extranjeros del Narcotráfico (Kingpin Act) y no es propiedad del 50 por ciento o más en cualquier designada persona, ya sea de forma individual o en conjunto.

El Reglamento de Cabecillas Extranjeros del Narcotráfico de sanciones, 31 C.F.R. Parte 598 (FNKSR), aplicar la Ley de Cabecillas. Como saben, el 7 de octubre de 2014, la OFAC informó la designación de miembros de la familia Rosenthal Jaime Rolando Rosenthal-Oliva ( “Jamie Rosenthal”), Yani Benjamin Rosenthal-Hidalgo ( “Yani Rosenthal”), y Yankel Rosenthal Coello ( “Yankel Rosenthal “), así como las empresas de la familia Rosenthal, incluyendo Inversiones Continental (Panamá), SA (ICP).

Como resultado de estas designaciones, todos los intereses de la propiedad y de propiedad de Jaime Rosenthal, Yani Rosenthal, Yankel Rosenthal, y la PIC, los cuales estaban ubicados en los Estados Unidos o en posesión o control de las personas de Estados Unidos, llegó a ser bloqueado. El bloque FNKSR todos los bienes e intereses de propiedad dentro de los Estados Unidos, o dentro de la posesión o el control de cualquier persona EE.UU., que son propiedad de o controlada por un Narcotraficantes Especialmente Designados (SDNT). FNKSR, § 598.202. El FNKSR también prohíbe cualquier transacción o se trata de una persona EE.UU., o dentro de los Estados Unidos, en bienes o intereses en la propiedad de un SDNT. FNKSR, § 598.203 (a). El FNKSR definir el “interés” para incluir un interés de cualquier naturaleza, directa o indirecta, con respecto a la propiedad. FNKSR, § 598.307. El FNKSR definir aún más “la propiedad y la propiedad de interés” para incluir las pólizas de seguros, créditos, deudas, obligaciones, garantías, conocimientos de embarque y comprobantes de venta, así como cualquier otra evidencia de título, la propiedad o el endeudamiento, los servicios de cualquier naturaleza, contratos de cualquier naturaleza, y cualquier otra propiedad, real, personal o mixta, tangible o intangible, o interés en intereses en los mismos, ya sea presente, futuro o contingente. FNKSR, § 598.312. Jaime Rosenthal, Yani Rosenthal, Yankel Rosenthal, y la PIC siguen siendo designado bajo el FNKSR y sus intereses en la propiedad siguen bloqueadas.

Sin embargo, con base en la información disponible a la OFAC, incluyendo información en sus presentaciones recientes, no parece como si Jaime Rosenthal, Yani Rosenthal, Yankel Rosenthal, o ICP tener ninguna 2 de abril 1, el año 2016 participación en color por cable. De hecho, basado en sus presentaciones recientes, parece que del cable de color es ahora propiedad mayoritaria de sus empleados, y el único miembro de la familia Rosenthal con un porcentaje de participación en el negocio no es una de las tres personas designadas mencionadas anteriormente.

En consecuencia, en este momento, bienes e intereses en la propiedad del cable de color no parecen ser bloqueada debido a que (1) no es una entidad designada; y (2) no parece ser de propiedad del 50% o más, ya sea directa o indirectamente, por cualquier persona o entidad designada, ya sea individualmente o en conjunto. En consecuencia no se requiere autorización de la OFAC para una persona EE.UU. para hacer frente a color por cable.
Lo invitamos a consultar la “Guía revisada sobre las entidades propiedad de las personas cuyos bienes e intereses de propiedad están bloqueados” de la OFAC publicado en el sitio web de la OFAC en www.treasury.gov/ofac con respecto a las entidades que implican el 50 por ciento o más la propiedad por un SDNT.
Si tiene alguna pregunta sobre este aviso que se pueden dirigir a la OFAC Licensing al (202) 622-2480. Atentamente, Director Adjunto _____________________ Davin J. Blackborow para la Oficina de Licencias de Activos'.