Honduras

Fuertes medidas para uso y portación de armas en Honduras

EL HERALDO tuvo acceso al proyecto de ley que se apresta a socializar el Congreso Nacional.

07.04.2014

SERIE 1/3

Fuertes y duras medidas se pretenden poner en marcha para controlar la portación y el uso de armas de fuego en Honduras.

Desde la emisión de diferentes tipos de licencias hasta la reducción en la cantidad de armas autorizadas por persona son parte de las nuevas restricciones que se buscan imponer ante la cantidad de armas ilegales que circulan a nivel nacional.

Una fuente al interior del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad confió a EL HERALDO el proyecto, que se apresta a discutir el Congreso Nacional (CN), en una medida para disminuir los altos índices de violencia.

El proyecto contempla medidas más drásticas que la actual ley, respeto al manejo de armas.

Asimismo, establece fuertes restricciones para todas aquellas personas interesadas en portar armas de fuego para cualquier tipo de actividad.

Para el caso, se menciona que las personas además de requerir una licencia de tenencia ocuparán una licencia de portación para el uso de un arma de fuego.

El documento establece que la licencia de tenencia podrá obtenerse por un período máximo de tres años, pudiendo ser renovada, mientras que la licencia de portación únicamente será extendida por un periodo de un año, con carácter renovable.

De acuerdo al documento en poder de EL HERALDO tanto la licencia de tenencia como de portación autorizan un máximo de un arma de fuego por persona.

Cabe señalar que la actual Ley de Control de Armas en su artículo 17 concede autorización a las personas naturales de registrar un máximo de cinco armas de fuego.

Con el nuevo proyecto de ley, la licencia de tenencia no autoriza la portación de un arma de fuego, puesto que contiene una serie de limitaciones que deben ser tomadas en cuenta por la persona que la adquiere.

Entre los alcances se menciona que la persona debe guardar y disponer del arma de fuego y su munición dentro del inmueble en que el autorizado tenga su domicilio o residencia y señala que se debe transportar el arma de fuego descargada y sin posibilidad de uso inmediato.

La nueva ley únicamente permitiría el registro de hasta un máximo de cinco armas a las personas que acrediten fehacientemente la necesidad de poseer más de un arma de las de uso permitido para la seguridad de sus establecimientos comerciales, fincas, valores y otros.

En tanto con una licencia de portación, las personas naturales o jurídicas podrán llevar consigo un arma de fuego en condición inmediata de uso en lugares públicos o de acceso público.

Además de las licencias de tenencia y portación, el proyecto de ley contempla la emisión de licencias de seguridad privada que corresponde a las personas jurídicas que se dedican a brindar servicios de seguridad privada con armas de fuego.

Entre los requisitos se requiere que estas estén debidamente habilitadas para la prestación de servicios de seguridad y vigilancia por la Secretaría de Seguridad.

También contempla la emisión de licencias por tenencia y uso de explosivos, particularmente para miembros de las Fuerzas Armadas y las empresas dedicadas a la explotación geológica, minera, construcción y demolición, para que puedan adquirir y usar de explosivos.

Otros tipos de licencias son las de colección, instrucción de tiro, administración de establecimientos de tiro, de cacería, de recarga de munición o de cartuchería, de reparación, de comercio interno, para transferencias internacionales, de transporte interno, de almacenaje, entre otros.

Prohibido empeñar armas

El proyecto prohíbe que la persona autorizada para portar una arma de fuego alquile, preste o empeñe la misma, como usualmente se acostumbra en la actualidad.

Además, se estaría restringiendo la “portación ostensible” de armas de fuego en las calles, áreas públicas, vehículos de transporte público, instituciones o establecimientos comerciales, industriales, de servicio público o privado.

Asimismo en centros educativos, deportivos, de esparcimiento y en cualquier otro espacio donde haya concurrencia o circulación de personas.

Se pretende también restringir el manejo de armas durante elecciones, en actos sociales, religiosos o políticos así como bajo los efectos de sustancias como el alcohol, drogas y similares, que alteren el estado normal de la personalidad del individuo.

El diputado nacionalista Tomás Zambrazo, miembro de la Comisión de Seguridad del Congreso Nacional, explicó que la nueva ley responde a la realidad del país, en donde se estima circulan más de un millón de armas de manera ilegal.

Zambrano afirmó que la propuesta establece aspectos como el otorgamiento de hasta 13 tipos de licencias para portación, tenencia, posesión, permisos de caza, entre otras, a personas naturales y jurídicas.

El congresista dijo que se tiene que trabajar en un mecanismo que permita garantizar que todas las personas autorizadas cumplan con la disposición de portar una sola arma.

Socialización

Los miembros de la Comisión Especial de Seguridad del Congreso Nacional, integrada por los diputados Mario Alonzo Pérez, Rodolfo Zelaya, Tomás Zambrano, Augusto Cruz Asensio y Osman Aguilar, van a socializar a partir del lunes el proyecto de Ley de Portación de Armas.

De acuerdo a lo que se ha planificado, para el lunes 20 de mayo a las 10:00 de la mañana se ha programado visitar el Laboratorio de Balística y a las 2:00 de la tarde visitar a los representantes de la Armería en la oficina principal.

Para el martes 21 de mayo, el cronograma establece que a las 9:30 de la mañana los miembros de la Comisión se van a reunir en el salón Ramón Rosa del Congreso Nacional con representantes de los sectores de la sociedad civil, entre ellos Asociación de Ganaderos, Asociación de Campesinos, Asociación de Cafetaleros, Asociación de Patronatos, Asociación Paz y Justicia y Asociación de Empresas de Seguridad.

Mientras que para el miércoles, a las 9:30 de la mañana tiene programada una reunión con los ministros de Defensa y Seguridad.

Diputados y funcionarios se excluyen de ley

El proyecto de ley de control de armas establece duras restricciones para las personas que quieran portar armas, pero curiosamente contempla excepciones que favorecen a diputados, funcionarios y exfuncionarios de gobierno.

En uno de los artículos, el proyecto señala que estarán exentos de pago por la emisión de licencia de tenencia y portación de armas de fuego los diputados, jueces, magistrados, fiscales, policías, militares, defensores públicos y miembros del cuerpo diplomático.

Sin embargo, establece que las armas deberán estar debidamente registradas en el Registro Nacional de Armas y menciona que en el caso de los ciudadanos que hayan desempeñado el cargo de Presidente de la República, presidente del Congreso Nacional, diputados al Congreso Nacional, presidente y magistrados de la Corte Suprema de Justicia, secretarios de Estado en los Despachos de Seguridad y Defensa, gozarán de una licencia especial de portación de arma de fuego con una vigencia de diez años sin perjuicio de la expiración, revocación o suspensión que establece la ley.

Registro de control de armas fracasó

El titular del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh), Ramón Custodio, considera que “el registro de control de armas resultó insuficiente en la lucha contra la impunidad, en un país donde cada 87 minutos muere una persona víctima de las armas de fuego”.

Para el control efectivo de las armas, la Secretaría de Seguridad tiene la atribución de organizar el Registro Nacional de Armas, en el cual deberían estar depositadas las evidencias balísticas de todas las armas que circulan en el país, según se desprende de un informe divulgado por el Comisionado de los Derechos Humanos.

Pese a que el registro fue creado, “el mismo no funcionó a cabalidad, debido a que no se concluyó dicho proceso y a la gran cantidad de armas ilegales que circulan en el país”, establece el Conadeh.

Es por eso que el organismo humanitario urgió revisar y reformar la ley de portación de armas de fuego y crear los mecanismos que permitan controlar las miles de armas ilegales que estarían circulando en el país.

Custodio expresó que la mayor parte de las muertes violentas que ocurren en Honduras son causadas por armas como la AK-47, rifles de asalto, ametralladoras, pistolas, revólver, machetes y puñales.