Honduras

Los miembros del CNE y TJE ganarán 95 mil lempiras al mes

El mismo sueldo le tocará a los suplentes, que tendrán funciones específicas

16.09.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Los funcionarios propietarios y suplentes del Consejo Nacional Electoral (CNE) y del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) ganarán 95 mil lempiras mensuales, lo que significará una erogación del presupuesto por el orden de los 9.9 millones de lempiras cada año.

Los funcionarios de ambos entes ganarán el mismo sueldo, lo que resulta extraño porque los propietarios tienen una mayor responsabilidad al frente de sus funciones, comentó una fuente cercana a las dos instituciones.

Cada entidad cuenta con tres miembros propietarios y dos suplentes, lo que suma diez funcionarios que estarán en sus cargos por cinco años con la posibilidad de ser reelectos, como ocurrió con David Matamoros y Saúl Escobar en el desaparecido Tribunal Supremo Electoral.

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En el caso de Matamoros estuvo dos períodos y Escobar, que representaba a la Democracia Cristiana, estuvo tres períodos consecutivos, o sea 15 años.

Al término de los cinco años que durarán en sus cargos, el Estado habrá destinado aproximadamente 50 millones de lempiras en sueldos solo a altos funcionarios electorales más los salarios de los comisionados (tres propietarios y dos suplentes) del Registro Nacional de las Personas (RNP), que tienen ingresos similares.

Fuentes cercanas a estos órganos indicaron que, aparte del sueldo, los nuevos responsables de los procesos electorales tendrán derecho a viáticos, a celular y a disponer de una secretaria, un receptor de documentos y un motorista.

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El CNE presentó una solicitud de aumento a su presupuesto porque el segundo suplente que nombró el Congreso no está incluido en el presupuesto de 103 millones aprobado el año pasado. Tampoco están incluidos los costos de funcionamiento del TJE ni los diez millones que autorizó el Congreso para el comienzo de operaciones de este órgano.

La Ley Especial establece que “mientras no se apruebe en su totalidad las reformas electorales, el Consejo Nacional Electoral debe aplicar de forma transitoria, las disposiciones contenidas en la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas”.

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