TEGUCIGALPA, HONDURAS.-La muerte de una jovencita de 20 años
tras dar a luz conmocionó a Honduras esta semana, aún más cuando su familia denunció que pudo haberse tratado de una
mala praxis.
Pero, ¿la mala praxis está tipificado en la ley hondureña como delito, existe una pena para castigarla? Antes de responder estas preguntas es necesario conocer lo que significa.
La mala praxis es un término que se utiliza para indicar la responsabilidad profesional por actos realizados con negligencia y puede ocurrir en más áreas ajenas a lo médico, por ejemplo una mala praxis en abogacía.
Si bien la mala praxis no aparece como tal en el Código Procesal Penal de Honduras sí se contempla dentro de los delitos de lesiones.
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EL HERALDO consultó al expresidente del Colegio de Abogados de Honduras, José María Díaz, e indica que la mala praxis sí está tipificada como un delito.
'Tiene responsabilidad civil, penal y administrativa', apuntó.
El Código Procesal Penal refiere en su artículo 13 que un delito puede ser realizado por acción o por omisión y necesariamente debe ser doloso o culposo.
El delito es doloso cuando resulta de la intención que se tuvo al ejecutarlo o cuando el autor sabe, o está obligado a saber, que como consecuencia de la acción u omisión existe la posibilidad de un dañoso.
En cambio el delito es culposo cuando es resultado de imprudencia, impericia o negligencia o cuando es producto de la inobservancia de una ley, de un reglamento o de órdenes, resoluciones o deberes.
La pena impuesta en estos casos dependerá mucho de cómo ocurrieron los hechos, por lo que no se puede hablar de una pena concreta.
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