Honduras

¿Qué pasa si no eligen este viernes a los 15 magistrados de la Corte Suprema?

La Constitución de la República establece que se puede realizar la votación de los magistrados “cuantas veces sea necesaria, hasta lograr el voto favorable de las dos terceras partes”
10.02.2023

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Desde el 23 de enero pasado, los diputados del Congreso Nacional tienen en su poder el listado de los 45 aspirantes a magistrados a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), pero la falta de consensos ha impedido elegir a los 15 que integrarán el pleno del 2023 al 2030.

Tras una primera votación fallida (el 25 de enero), este viernes 10 de febrero se convocó a una nueva sesión en el hemiciclo legislativo (3:00 PM) para volver a votar a los candidatos.

Sin embargo, la antesala de esta convocatoria apuntaba a que era incierto si los partidos políticos habían logrado los acuerdos necesarios.

La elección de los 15 magistrados a la Corte Suprema de Justicia es responsabilidad del Congreso Nacional, según lo establece el artículo 205 de la Constitución de la República, siendo el único poder del Estado que no se elige con voto directo y secreto del pueblo, por lo que lo convierte en una elección de segundo grado.

Así le llevamos el minuto a minuto de la sesión para elegir la CSJ

Votar en el Congreso las veces que sean necesarias


Llegar a un acuerdo comprende que 2/3 partes, es decir al menos 86 de los 128 diputados -lo que se conoce como mayoría calificada-, voten bajo una misma línea.

La dinámica normal es que en la sesión del 25 de enero el partido mayoritario presente una nómina de 15 candidatos y candidatas que se somete a votación de forma pública.

Si fracasa ese intento (como ocurrió) se opta por un sistema de votación directa (pueden elegir uno por uno a los aspirantes). Anteriormente era secreto (los diputados no tenían la obligación de revelar su decisión), pero una moción aceptada obliga a que el voto se mantenga público.

No obstante, la Constitución de la República no establece un tiempo determinado para realizar la elección de los magistrados, ya que “la votación se llevará a cabo cuantas veces sea necesario, hasta logtar el voto favorable de las dos terceras partes”.

La fecha de votación también dejó muchas especulaciones, porque algunos analistas afirmaban que los actuales magistrados vacan en su cargo el 11 de febrero de 2023, porque en esa fecha hace seis años se realizó la votación que completó el pleno de la CSJ.

No obstante, sí deja en claro que mientras sean nombrados los nuevos magistrados los anteriores continúan en sus cargos con las mismas potestades.

Rostros de los 15 candidatos a magistrados que habrían negociado los partidos

También establece que se puede estar convocando las veces que sean necesarias a votación en el CN hasta que se definan los integrantes.

Por otra parte, unos analistas no descartan una elección paulatina en la que cada semana o sesión se seleccionen algunos de los magistrados hasta llegar a consensos definitivos

Esta iniciativa llevaría a sesiones semanales, en las cuales se definiría progresivamente a los magistrados -y no en un listado sometido a una sola votación- hasta cumplir con los 15 que define la ley.

Este tipo de elección paulatina también es permitida por la Constitución de la República, por lo que no se estaría violentado la ley.

En la elección del 2016, correspondiente a la CSJ del periodo 2016-2023, se realizaron hasta seis intentos antes de completar el pleno de magistrados, llegando al punto de aplicar una votación directa y secreta.

Si este viernes no se eligen a ningún magistrado, lo más probable es que la próxima semana exista una nueva reunión y así sucesivamente hasta que la votación sea exitosa.