TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Con 90 votos a favor se ratificó por el Congreso Nacional la reforma a los artículos 67 y 112 de la Constitución de la República, donde quedó prohibido el aborto en el país de forma explícita en la Carta Magna hondureña.
El dictamen del decreto legislativo 192-2020 que fue publicado en el diario oficial La Gaceta con fecha 22 de enero contó con el respaldo de toda la bancada del Partido Nacional, Partido Liberal, instituciones minoritarias y un voto del Partido Innovación y Unidad (Pinu).
En la sesión virtual del pasado jueves, los diputados de las organizaciones tradicionales -con la oposición de Libertad y Refundación (Libre)- admitieron esta enmienda constitucional en el que se considera de ahora en adelante prohibida e ilegal la práctica de cualquier forma de interrupción de la vida del que está por nacer.
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La modificación a estas dos disposiciones de la ley suprema del país solo podrá cambiarse en un futuro por una mayoría de tres cuartas partes de los miembros del pleno del CN, es decir, 96 votos favorables, pero sus disposiciones no perderán vigencia ni dejarán de cumplirse cuando sea derogado.
En el artículo 196 del Código Penal se estipula una pena de tres hasta diez años de prisión para las mujeres que cometan un aborto junto a los agentes que participen en el ilícito.