La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) responsabilizó a Venezuela por la ejecución extrajudicial del joven Néstor José Uzcátegui en 2001 a manos de la policía, un mes después que el gobierno de Hugo Chávez formalizó sus intenciones de abandonar el sistema interamericano.
El tribunal 'declaró, por unanimidad, que el Estado de Venezuela es internacionalmente responsable por la violación, entre otros, del derecho a la vida del señor Néstor José Uzcátegui', según la sentencia del caso notificada el viernes.
El caso se refiere al asesinato de Néstor Uzcátegui, de 21 años, perpetrado el 1 de enero de 2001 en la puerta de su casa en presencia de su hermano Luis, principal testigo, quien afirma que el crimen no tuvo motivos políticos y acusa a un comando policial de labores de limpieza social.
La Corte estableció que ese día 'las Fuerzas Armadas Policiales del estado Falcón (noroeste de Venezuela) allanaron sin orden judicial y con violencia la vivienda de la familia Uzcátegui, mientras se encontraban celebrando el año nuevo, que en el transcurso del operativo policial, los agentes de policía hicieron uso de armas de fuego en contra de Néstor José Uzcátegui, provocando su muerte'.
Según el fallo, el Estado venezolano violó también derechos a la integridad personal, a la libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial de varios integrantes de la familia Uzcátegui.
El 10 de setiembre, el gobierno de Chávez hizo efectiva la denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, primer paso para que se formalice en un año su salida de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Chávez acusa tanto a la Corte como a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, de ser 'instrumentos del imperialismo' y parciales con Venezuela.
El presidente de CIDH, José de Jesús Orozco, lamentó un día después durante un foro en San José, la decisión de Venezuela.
'Lo lamentamos profundamente porque, en lenguaje técnico, esta denuncia implica que la violación de derechos humanos en este Estado, a partir del 11 de septiembre de 2013, no será objeto de escrutinio de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o sujeta al escrutinio de la Corte Interamericana', expresó Orozco.
El tribunal, con sede en Costa Rica, ordenó además que el Estado de Venezuela investigue los hechos para esclarecerlos y determinar las correspondientes responsabilidades penales.
Además ordenó 'pagar determinadas cantidades por concepto de indemnización -que no precisó- por daño material e inmaterial así como el reintegro de costas y gastos y los montos pagados por el Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana'.
Para el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el caso 'es un ejemplo de la práctica sistemática de detenciones arbitrarias y ejecuciones extrajudiciales perpetradas por fuerzas policiales contra jóvenes de clases sociales bajas', según su reseña del caso publicada en su sitio en internet (www.cejil.org).
La Corte IDH inició sesiones el 25 de agosto en las que juzgó casos de ejecuciones extrajudiciales, masacres y otras violaciones en Perú, Argentina, Ecuador, Venezuela, Colombia, Guatemala y Costa Rica.