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Estados Unidos lanza programa para migrantes venezolanos y nicaragüenses desde Costa Rica

En los primeros dos meses de la fase exploratoria, de un total de seis, las autoridades contactarán a los migrantes “elegibles para programar una cita” en las llamadas oficinas de movilidad segura en Costa Rica, informa el comunicado
12.06.2023

WASHINGTON, ESTADOS UNIDOS.-Estados Unidos y Costa Rica pusieron en marcha este lunes un programa piloto para preseleccionar a migrantes nicaragüenses y venezolanos que quieran entrar en territorio estadounidense, según un comunicado conjunto divulgado por el Departamento de Estado.

En abril Estados Unidos anunció la creación de centros de atención para migrantes en Guatemala y Colombia, en previsión del fin de Título 42, una medida activada en 2020 durante la pandemia y que permitía expulsar casi automáticamente a los migrantes que cruzaban la frontera sin la documentación requerida.

La idea inicial era ampliar estas “oficinas de movilidad segura” a otros países latinoamericanos.

Costa Rica se ha sumado a la iniciativa.

EEUU y Guatemala activan el sistema de citas para migrantes

En los primeros dos meses de la fase exploratoria, de un total de seis, las autoridades contactarán a los migrantes “elegibles para programar una cita” en las llamadas oficinas de movilidad segura en Costa Rica, informa el comunicado. Y posteriormente estos podrán pedir una cita de evaluación.

Pero hay condiciones: los migrantes que entren en Costa Rica a partir de este lunes quedan vetados y “sujetos a regresar a su país de origen si no tienen una base legal para permanecer” en Costa Rica, se lee en el comunicado.

Además por el momento el programa piloto estará limitado a los nicaragüenses y venezolanos que ya se encuentren registrados como solicitantes de asilo en Costa Rica.

“Esta iniciativa facilitará el acceso a vías legales a Estados Unidos y otros países, incluido el procesamiento acelerado de refugiados y otras vías humanitarias y laborales”, se lee en el comunicado.

Tras el fin del Título 42 los migrantes que cruzan la frontera sin visado u otra documentación necesaria pueden ser deportados a sus países y sancionados en virtud del Título 8, que lleva décadas en vigor.