Las relaciones familiares cercanas a las que hace referencia el decreto del presidente Donald Trump sobre el visado para ciudadanos de seis países islámicos se basan en las definiciones que establece la ley de inmigración, afirmaron abogados del gobierno federal.
En un fallo emitido la semana pasada, la Corte Suprema federal autorizó al gobierno a restaurar parcialmente las restricciones migratorias.
Las personas de seis países musulmanes que quieran solicitar visas para viajar a suelo estadounidense deben mostrar que tienen una relación familiar cercana con alguna persona o alguna entidad, como una empresa, en Estados Unidos.
El parentesco debe corresponder a padres, esposos, hijos, yernos, nueras o hermanos.
Hawái solicitó hace poco a un juez que aclare que la prohibición no puede aplicarse a abuelos y tíos.
El gobierno presentó el lunes un recurso en el que pide al juez rechazar la solicitud de Hawai o que espere hasta que una solicitud de aclaración pueda llevarse ante la Corte Suprema.