TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Las reformas al nuevo Código Penal siguen contemplando la disminución de penas para ilícitos.
Si bien en el dictamen del proyecto de enmiendas a ocho artículos de este conjunto de normas, al que tuvo acceso EL HERALDO, se plantea el incremento de la penalidad para el delito de contrabando de cuatro a seis años, su castigo puede ser rebajado hasta dos tercios no solo para este delito, sino también para la defraudación fiscal, fraude de subvenciones y ayudas, incluyendo el delito contable contenidos en los capítulos uno y dos del título XXIV (24) de este instrumento jurídico.
EL HERALDO constató estos cambios en los artículos 429 y 434 dictaminados por una comisión especial que preside el diputado del Partido Nacional, Mario Pérez.
La rebaja de la condena en los ilícitos antes mecionados procede “si el sujeto ha devuelto el bien o reparado el daño causado antes de dirigirse las investigaciones”. Esta disposición no existía, sino que fue añadida, luego que se derogara la responsabilidad penal para las personas jurídicas en este marco legal que fue promulgado bajo el decreto legislativo 130-2017.
La supresión de esta obligación fue producto de los consensos entre el Congreso Nacional y la empresa privada.
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Además, solicitaron el endurecimiento de las penas para el contrabando, cuya sanción se estableció de tres a cinco años de prisión.
En la sesión legislativa del martes anterior fue presentado el dictamen de esta propuesta que introdujo la congresista Waleska Zelaya y que recibió una opinión favorable parcialmente por la comitiva dictaminadora.
La reforma de los artículos 312, 321, 325, 328, 379, 428, 429 y 434 del nuevo Código promueve la primera disposición de este dictamen, pero su discusión quedó suspendida.
No así el segundo artículo que disponía la eliminación de 29 artículos fue aprobado en un
único debate.
A inicios de esta semana, el CN amplió la vigencia de esta normativa hasta el 10 de mayo de 2020 debido a la presión de distintos sectores sociales que han venido rechazando en los últimos meses la reducción de penas a múltiples figuras delictivas que benefician a aquellos que han sido imputados y para quienes están a la espera de una sentencia firme.
Otros cambios
En cuanto a las agravantes específicas del tráfico de drogas contenidas en el artículo 312 solo se añade el séptimo numeral concerniente a que la conducta se dirige al tráfico internacional, por lo que “las penas de prisión se deben incrementar en un tercio”.
Como está publicada la disposición en La Gaceta y concurre la circunstancia que el delito se comete en el ámbito de un grupo delictivo organizado, incluyendo que la cantidad objeto del delito es de especial importancia y se utilizan medios extraordinarios de transporte aplica también el aumento de la condena.
En el artículo 321 se disminuyen las cantidades de importancia de drogas para el caso de la marihuana a dos mil gramos y 500 gramos en el caso de la cocaína cuando se había contemplado 10,000 gramos y 2,000 gramos de cada alcaloide, respectivamente.
En el dictamen no se incorporaron modificaciones a los delitos contra el honor (injuria, calumnia) ni tampoco para la responsabilidad penal en delitos cometidos a través de medios de difusión, comprendido en el artículo 28 de esta cuestionada herramienta.