TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Al final el gobierno solo vino a lavarle la cara a la Comisión para la Promoción de la Alianza Público Privada (Coalianza) con la aprobación del decreto PCM 064-2019.
Lo anterior se desprende de que las Asociaciones Público Privadas (APP) seguirán siendo regidas por la misma Ley de Coalianza, solo se despedirá a los empleados.
EL HERALDO tuvo acceso al decreto ejecutivo PCM-064-2019 publicado el 17 de diciembre pasado en el diario oficial La Gaceta y que ordena suprimir Coalianza en un plazo máximo de seis meses.
Al mismo tiempo ordena dar por terminados los contratos de trabajo y acuerdos de personal reconociendo sus derechos laborales, los fondos para este fin los debe proporcionar la Secretaría de Finanzas (Sefin).
El artículo 7 del PCM ordena crear el Consejo Superior para la Alianza Público Privada que será la máxima autoridad del sistema y ejercerá la coordinación del sistema de las APP.
La naturaleza del Consejo Superior de las APP es de un órgano colegiado mixto e intersectorial de alto nivel y de carácter estratégico, deliberativo y vinculante.
Podrá diseñar y formular políticas, estrategias, planes, programas y proyectos bajo la modalidad de las APP, para el desarrollo económico y mejoramiento de la competitividad del país, o sea, lo mismo que hacía Coalianza.
El Consejo estará integrado por la Presidencia de la República, por medio del titular de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG), quien lo presidirá, en la actualidad la responsabilidad cae en Martha Doblado, promotora de estas reformas.
También serán parte de este órgano los titulares de la Secretaría de Finanzas (Sefin), de la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE), de la Secretaría Recursos Naturales y Ambiente y de la Secretaría de Promoción de Inversiones.
Este consejo se reunirá de manera ordinaria la primera semana de cada mes y podrá invitar a empresarios por medio del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) y a expertos de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).
El Consejo Superior de las APP contará con una Secretaría Técnica, la cual proporcionará el apoyo técnico, logístico y administrativo para cumplir con las funciones del mismo.
Esta secretaría convocará a sesiones, elaborará la agenda, llevará registro de todas las actividades y aportará toda la información técnica, legal o financiera característica de las APP, para poder tomar decisiones.
Estructuración
Para poder seguir con los proyectos se creó la Unidad Técnica en Proyectos APP (Utep-APP), la cual tendrá a su cargo la identificación, evaluación, selección, definición, estructuración y adjudicación de los proyectos que luego serán analizados por el Consejo Superior de APP y decidir si califican.
La Utep-APP estará adscrita a Sefin, la cual asignará los recursos para su funcionamiento y actuará con la Secretaría de Promoción de Inversiones.
El futuro de las APP quedará en manos de esta Unidad, ya que será la que valorará los proyectos para determinar cuál es la mejor opción, asesorará a los concedentes y someterá a la consideración del Consejo Superior los estudios de viabilidad de proyectos bajo la modalidad de las APP.
La Utep-APP deberá estar conformada por profesionales especializados en materia de APP y de evaluación y estructuración de proyectos.
La Unidad debe estar a cargo de un coordinador, propuesto a Sefin al Consejo Superior de APP, quien debe ser un profesional universitario especializado en APP o en una carrera afín.
Pero el mismo decreto establece que solo se está haciendo un cambio de nombre, porque el artículo 21 de forma literal reza. “Tanto al Consejo Superior de las APP, como a los concedentes y a la Unidad Técnica Especializada de Proyectos APP para el desarrollo de sus actividades y en todo lo concerniente a las Alianzas Público-Privadas, le son aplicables todas las disposiciones de la Ley de Promoción de la Alianza Público-Privada aprobada mediante decreto número 143-2010, sus reformas y reglamento”.
“Las funciones que según dicha ley ha ejercido Coalianza serán realizadas según corresponda por el Consejo Superior, cada concedente y la Unidad Técnica Especializada para los proyectos APP y cualquier otro organismo al que en forma temporal se le asignen funciones en proyectos APP”, establece el mismo artículo.
Expertos consultados por EL HERALDO consideran que no hay tales cambios, porque es la ley la que necesita reformas urgentes.