Al comunicador Romero le favorece la vigencia del nuevo Código Penal porque el delito de difamación fue eliminado de esa nueva legislación.
La petición fue formalizida por el abogado Darwin García, quien argumenta en su escrito que 'el nuevo Código Penal señala únicamente como punible en su artículo 229 el delito de injurias y cuando las mismas sean hechas con publicidad deben ser castigadas con las penas de multa de 200 a 500 días y como se podrá apreciar mi defendido David Romero lleva en prisión efectiva 408 días a la fecha de la presente audiencia, es decir que ha cumplido con la pena mínima impuesta por el delito de injurias en razón que el precepto legal de difamación ha sido suprimido en el nuevo Código Penal'.
'Es por ello que su aplicación no cabe porque la retroactividad de la ley penal beneficia a mi representado', explica García en el escrito.
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Asimismo, solicitó al Juzgado de Ejecución admitir el escrito, darle el trámite correspondiente que ordena la ley, señalar la audiencia respectiva de manera urgente para la aplicación del principio de retroactividad de la ley penal por favorecerlo y resolverlo de conformidad al pricipio de legalidad penal.
En 2016, Romero fue encontrado culpable por difamación contra la señora Sonia Inés Gálvez, esposa del exfiscal general adjunto de la República, Rigoberto Cuéllar.
Tras la condena, el periodista solicitó un recurso de casación para que se repitiera el juicio, pero los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) confirmaron por unanimidad de votos la sentencia emitida.
David Romero fue sentenciado a diez años con ocho meses de prisión, un año con ocho meses por cada delito. Él se encuentra recluido en el Segundo Batallón de Infantería de Támara.