TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Unidad de Gestión Ambiental (UGA), de la Alcaldía Municipal, es la encargada de atender diferentes solicitudes ambientales, entre ellas el corte o poda de árboles.
Si necesitas un corte o poda por motivos de daños a tu propiedad, EL HERALDO te invita a leer el siguiente artículo para conocer el procedimiento, requisitos, costos y evitar multas.
En el caso de las multas, el Plan de Arbitrios estipula que sanciones para las personas naturales o jurídicas que sin la autorización de la UGA, procedan al corte de árboles o destruyan completa o parcialmente árboles ubicados en: plazas, bulevares, calles, avenidas, pasajes, canchas deportivas o en terrenos privados en barrios, colonias, villas, cementerios u otros lugares.
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Las multas establecidas por cortes de árboles sin permiso son de 800 lempiras si es frutal, 2,000 si es maderable, 9,000 si es maderable de una especie en veda, 20,000 si cortas un árbol histórico o con valor cultural y 500 si es ornamental.
En caso de podas no autorizadas, las multas serán de 500 lempiras si es frutal, 800 si es maderable, 4,000 si es especie maderable en veda, 5,000 si es un árbol histórico o con valor cultural y 300 lempiras si es de ornamento.
Procedimiento
Para los cortes o podas, toda persona que requiera el servicio tiene que llenar una solicitud, esperar una inspección y recibir el permiso. La solicitud puede ser enviada mediante correo electrónico o entregarla directamente en las oficinas de la UGA en el barrio Morazán, frente a la estación de Bomberos.
El Plan de Arbitrios de la comuna establece que en caso de autorizar el corte se pagará de acuerdo al tipo de árbol y según zona residencial (R1, R2, R3 u otras).
Por ejemplo, para el corte de un árbol frutal en una zona R3 se cancelan 250 lempiras, en una R2 son 275 lempiras y zonas R1 son 300. En el caso de un árbol ornamental la disposición a pagar puede ser de 150, 165 o 180 lempiras.
La comuna aclara que para las zonificaciones diferentes a R1, R2 y R3 el cobro se realizará con el criterio de las zonas R1. Hay que destacar que una vez aprobado el corte de árbol o árboles, el interesado deberá firmar un acta de compromiso en la UGA, para plantar en un tiempo determinado el número de árboles que la UGA le indique.
También se definirá así el lugar donde deberán plantarlos, o en su defecto la donación de materiales o insumos necesarios para la producción de plantas y mantenimiento de áreas verdes.
Lo anterior tendrá un valor equivalente al porcentaje asignado de acuerdo al rango de pago por la autorización del corte de la siguiente manera: hasta mil lempiras un 10 por ciento, entre mil y cinco mil será un 20 por ciento y de cinco mil en adelante un 30 por ciento.
En el caso de autorizarse una poda, el valor de permiso de será de 100 lempiras por árbol. En caso de ornamentales se pagarán cincuenta lempiras y en el caso de árboles en veda y valor histórico será de mil y dos mil por árbol, respectivamente.
En caso de una poda por riesgo de árboles fuera del tendido eléctrico, será por altura. Con diez metros el monte de poda es de 350 lempiras y por más de diez metros 700 lempiras.
Documentaciones
Corte o poda en propiedad privada por daños:
-Copia de Escritura o documento que acredite la propiedad del terreno, en caso de arrendamiento copia de contrato del mismo.
-Croquis de ubicación
-Copia de identidad
-Autorización del propietario o representante legal, en caso de arrendamiento.
Corte o poda de área verde
-Al menos 5 firmas de vecinos propietarios más próximos, con números de identidades y clave Croquis de ubicación.
-Copia de identidad del interesado
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