Tegucigalpa

Más de la mitad de impugnaciones son declaradas sin lugar en Dirección de Tránsito

Las autoridades de la DNVT explican que la mayoría de impugnaciones no son aceptadas ya que durante la audiencia los infractores no tienen un argumento jurídico porque no conocen la Ley de Tránsito
30.12.2022

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Con esquela en mano, Ernesto Martínez intenta impugnar en la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT) la sanción por conducir y utilizar su celular, él argumenta que no estaba llamando, solo miró su móvil y no merece la multa.

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El capitalino recibió la famosa “98-24” por “realizar actividades dentro del vehículo adicionales a la conducción, que exijan el uso simultáneo de ambas manos o que distraigan la atención del conductor”.

“No estaba llamando, solo miré un mensaje y era una emergencia; deberían de tener consideración, quieren que pague, pero voy a impugnar esa sanción”, relató el conductor.

Incidencias

Aunque la DNTV aplica miles de infracciones cada año, entre el 2021 y el primer semestre del 2022 apenas se realizaron 148 impugnaciones de acuerdo con la respuesta SSSS-1645-2022 proporcionada a este rotativo.

Es decir, 148 conductores solicitaron la nulidad de una decisión oponiendo razones que demuestren que es injusta o ilegal, o que no ha seguido los trámites reglamentados.

Pese al intento, el 56% fueron declaradas “sin lugar”, el 36% “con lugar” y en el 8% restante se realizó una modificación de la falta y, en consecuencia, de la multa a pagar.

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Las autoridades de la Secretaría de Seguridad detallaron que, entre las faltas graves, la más impugnada es la 98-24 por realizar actividades ajenas a la conducción, en las menos graves está la 99-7 por no utilizar las placas reglamentarias.

Asimismo, en las infracciones leves la más impugnada fue la 100-4 porque los conductores utilizaron “dispositivos especiales propios de vehículos de emergencia o de la Policía y adicionar otro tipo de luces no autorizadas”.

Desconocimiento

Josué López, abogado encargado de celebrar las Audiencias de Conciliación, explicó a EL HERALDO que si la mayoría de impugnaciones son declaradas “sin lugar” es por el absoluto desconocimiento de la Ley de Tránsito por parte de la ciudadanía.

“Si no la conocen, ya es una causal para que circulen cometiendo faltas, se presentan aquí y no tienen argumentos con soporte jurídico. A veces dicen ‘debió amonestarme de manera verbal’ y la ley no dice eso”, argumentó.

El jurista recapituló en el apuro de algunos conductores por “obtener el plástico” que les autoriza a conducir sin mostrar interés en “aprender a conducir”.

Más allá del conocimiento o no de la ley, López explicó que las personas que consideren que la sanción impuesta es arbitraria pueden llegar a realizar el procedimiento a las oficinas de la DNTV desde las 8:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde.

En las oficinas policiales hay que manifestar por escrito el motivo de la inconformidad para programar una audiencia oral y pública con el oficial que aplicó la falta y el interesado.

Durante la audiencia, que es programada en un plazo de 72 horas, se escuchan ambas posiciones y luego se emite la respuesta a través de un acta.

El peticionario podrá conocer si su solicitud fue declarada con lugar, sin lugar o una modificación en un plazo de dos a cuatro días.